La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) informó que ya instruyó a las compañías de seguros de vida para adoptar medidas especiales tendientes a facilitar el proceso de anticipo voluntario de pensiones de rentas vitalicias.

La Comisión requirió a las entidades aseguradoras reforzar sus canales de atención -privilegiando el uso de medios remotos- para informar a los asegurados los alcances de la ley, la forma en que pueden solicitar el anticipo del pago de sus rentas vitalicias, el efecto que dicho adelanto tendrá sobre el monto de su pensión futura y resolver oportunamente las consultas.

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Sobre esto, Principal Compañía de Seguros de Vida, envió a la CMF un hecho esencial alertando sobre los potenciales efectos que podrían sufrir como aseguradora producto del retiro de rentas vitalicias que comenzará este lunes.

La firma estadounidense de capitales remarcó que la ley publicada el pasado miércoles, expresa que el pago de la solicitud se realizará sobre una “reserva técnica que mantiene el pensionado en la compañía”.

Sin embargo, la compañía expresó que esto no sería efectivo ya que “la reserva técnica en ningún momento es de propiedad del pensionado, sino que está enteramente conformada con patrimonio de la compañía de seguros, según lo dispuesto por el artículo 20 del Decreto con Fuerza de Ley N° 251 y tiene como objetivo asegurar el pago de las pensiones futuras”.

En el documento, firmado por la gerenta de la compañía en Chile, María Eugenia Norambuena, se añadió que “la ley además modifica contratos de renta vitalicia celebrados de acuerdo con la ley vigente a la fecha de su celebración, que tienen carácter de irrevocables y vitalicios, garantizando la compañía su cumplimiento con su propio patrimonio”.

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En tanto, señalaron que la compañía se encuentra en condiciones de generar la liquidez suficiente para efectuar el pago del anticipo ordenado por la ley”. No obstante, advierten que “la compañía se encuentra evaluando los impactos patrimoniales que la medida tendrá en lo inmediato y en el futuro, ya que, los efectos de un anticipo de esta naturaleza nunca serán inocuos, puesto que la compañía deberá utilizar recursos de su propiedad para efectuarlos”.

Finalmente, concluyeron que “no estamos de acuerdo ni expresa ni implícitamente con lo señalado en la Ley. La Compañía se reserva todos los derechos que la Legislación Chilena y los Tratados Internacionales aplicables le amparan para proteger sus intereses”.

Proceso de adelanto de Renta Vitalicia

En paralelo, la empresa remarcó que quienes requieran retirar sus dineros, podrán hacerlo hasta el 28 de abril de 2022, es decir, 365 días a partir del 03 de mayo, tal y como lo plantea el calendario legal del retiro.

A través de un portal web la compañía detalló los pasos a seguir y en qué fijar la atención al momento de decidir retirar parcialmente sus fondos, considerando los efectos que generarán en sus pensiones.

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