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El ministro de Salud, Jaime Mañalich, afirmó este jueves que quienes son beneficiarios de Fonasa y deben recibir tratamiento hospitalario por contagio de COVID-19, tendrán sus gastos cubiertos si es que son trasladados a un recinto privado por falta de capacidad de la red pública.

“Si la persona es trasladada a otra ciudad o región por indicación de la autoridad, todos los costos, incluso de regreso a su ciudad de origen, son asumidos por el Estado”, sostuvo el titular del Minsal en el balance de esta jornada.

Desde Fonasa, en tanto, también detallaron cómo funcionan las coberturas para los pacientes afiliados. Su director nacional, Marcelo Mosso, explicó que los pacientes deben acudir al consultorio donde están inscritos o su hospital base. En este caso, estarán haciendo uso de la Modalidad de Atención Institucional (MAI).

Si dicho hospital o consultorio no puede resolver su problema, y se trata de una situación relacionada al COVID-19, internamente se le asignará un prestador de la Red Integrada de prestadores que conforman todos los hospitales públicos y privados del país. En este caso, la derivación la realiza la Unidad de Gestión Centralizada de Camas (UGCC) y también se considera como una atención en MAI.

“¿Qué significa estar bajo la modalidad de atención institucional? Significa que para efectos de copagos, es como si se hubiera atendido dentro del hospital público y eso implica que todas las personas que están en los tramos A, B o que son mayores de 60 años, tiene gratuidad”, explicó Mosso.

“En el caso de las personas que son de los tamos C, menores de 60 años, tienen que hacer un copago de 10%. Y las personas de los tramos D, menores de 60 años, tienen que hacer un copago de 20%”, añadió.

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Desde Fonasa explicaron que si un paciente se dirige directamente a un prestador público distinto a su consultorio u hospital base, dicho recinto coordinará su atención con el hospital que le corresponde, también bajo MAI. En cambio, si un paciente se dirige directamente a un prestador privado, éste deberá resolver si la atención es considerada como Ley de Urgencia o no.

En el caso que corresponda a Ley de Urgencia -es decir, que el paciente esté con riesgo vital o con secuela funcional grave-, el prestador deberá resolver la situación de salud hasta la estabilización del paciente. Una vez estabilizado, el paciente deberá decidir si su atención será MAI o Modalidad Libre Elección (MLE). Si decide por la primera, la UGCC deberá designar su traslado.

Si, por el contrario, el caso no corresponde a la Ley de Urgencia, esta corresponderá a atención en MLE para los beneficiarios de los tramos B, C y D en un prestador en convenio con Fonasa.

¿Cuánto deben pagar los pacientes Fonasa?

Desde Fonasa resumieron los cuatro casos que determinan los pagos:

  1. Los beneficiarios de Fonasa de los tramos A, B, o mayores de 60 años, tienen atención gratuita en la Modalidad MAI. Esto significa el 65% del total de beneficiarios de Fonasa.
  2. Los beneficiarios menores de 60 años del tramo C pagará un 10% del arancel MAI. Este arancel está publicado en la página web de Fonasa y a modo de ejemplo, el copago por día para cama básico fluctúa entre los $3 mil y los $3.900; el día cama UTI sale $7.918.
  3. Los beneficiarios menores de 60 años del tramo D pagará un 20% del arancel MAI. Este arancel está publicado en la página web de Fonasa y, a modo de ejemplo, el copago por día cama básico está entre los 6 mil y los $7.800; el día cama UTI en $15.836.
  4. Si los beneficiarios de los tramos B, C y D deciden utilizar la Modalidad de Libre Elección, deben pagar de acuerdo al arancel de la MLE -que es igual para todos estos tramos y depende del nivel de arancel de cada prestador- publicado en www.fonasa.cl

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