La elección del Consejo Constitucional que se lleva a cabo este domingo 7 de mayo tiene como condición el voto obligatorio. Por lo tanto, todas las personas habilitadas para sufragar deberán acercarse a su local de votación a cumplir con su deber cívico.
En caso de no poder asistir a votar, deberás excusarte para evitar multas e infracciones.
¿Cuáles son las causales de excusa?
Las excusas aceptables para no ir a votar, que deben ser comprobadas con algún documento, son las siguientes:
- Enfermedad.
- Ausencia del país.
- Estar a más de 200 kilómetros del domicilio electoral.
- Algún impedimento grave que debe ser comprobado ante el juez competente, quien apreciará la prueba de acuerdo con las reglas de la sana crítica.
¿Cómo excusarse?
El proceso para excusarse no puede realizarse previo al sufragio de este domingo y no debes realizar ningún trámite en el Servel: debes esperar la notificación de citación del Juzgado de Policía Local que será enviada a tu domicilio electoral en los meses siguientes a la elección. Es decir, no es inmediato.
Cuando debas presentarte en el Juzgado, deberás presentar ante el juez la documentación necesaria que acredite tu excusa por no haber ido a votar. El juez evaluará caso a caso.
Si tu excusa es estar a más de 200 kilómetros de distancia de tu domicilio electoral, debes acudir a una unidad de Carabineros (comisaría, retén o tenencia) más cercana el día de la elección y dejar una constancia que explique la situación. Este trámite solo podrá realizarse de forma presencial.
En ese caso, tendrás que guardar el comprobante de la constancia, ya que la constancia por sí sola no te excusa de no haber asistido a votar. Deberás presentar ese documento ante el juez para demostrar posteriormente que estabas lejos de tu local de votación.
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