El Ministerio de Salud estableció el procedimiento que deben seguir los centros de salud para concretar las diferentes causales de la ley de aborto.
Riesgo de vida de la madre, inviabilidad fetal y violación son las tres circunstancias que puede señalar un paciente para acceder a una intervención.
Con el protocolo, los consultorios, Cesfam, servicios de urgencia o de atención primaria deben derivar a un centro de especialidad en un plazo de 24 horas.
La presidenta del Colegio de Matronas, Anita Román, quien además participó en la elaboración del reglamento de aplicación, afirmó que “la ley se aplica tanto en el sector público como en el sector privado, a ambos sectores”.
En esa línea, precisó que si el 100% de los médicos en alguna institución privada son objetores, el establecimiento tiene la obligación de derivar al paciente al servicio público.
En el caso particular del aborto por violación, restos de ADN del feto se guardarán para ayudar a la posterior investigación.
Conoce más aspectos del protocolo del Minsal en el video adjunto.
Lo más leído
- Ministro Quiroz vuelve a respaldar el "bencinazo": "La medida está envejeciendo bastante bien a la luz de todo lo que pasó después"
- Fiestas Patrias 2026: ¿Qué ocurrió el 18 de septiembre y cuál es el origen de las celebraciones?
- Trump tendría previsto reunirse con Delcy Rodríguez durante la Asamblea General de la ONU, reporta un medio
- Venezuela levanta restricciones a portales de noticias en medio del diálogo entre el chavismo y la oposición
- Reunión clave en La Moneda: Kast y el embajador Brandon Judd abordan la agenda del presidente previo a la Asamblea General de la ONU