Daniel Celis aseguró que la sentencia obedece a un tema mediático.
La condena fue entregada por el Vigésimo Primer Juzgado Civil de Santiago.
La Corte sostuvo que, en esta etapa, basta la “justificación” de los delitos y que la defensa no logró desvirtuar el peligro para la seguridad de la sociedad. También descartó que el artículo 324 del COT opere como excusa para el cohecho y apuntó al “carácter organizado” del presunto plan, además de las altas penas asociadas.