Con la reforma previsional se amplió el monto y la cobertura de la Pensión Garantizada Universal (PGU).
Esta ampliación será de forma gradual de acuerdo a la edad de los beneficiados. Desde febrero de 2026, quienes tengan 82 años o más recibirán un monto máximo de $250.275 y quienes tengan entre 65 y 81 años accederán a $231.732.
Cobertura de la PGU durante 2026
El Instituto de Previsión Social (IPS) explicó que a partir de septiembre de 2026: “Si tienes 75 años o más, hasta el 30 de septiembre, aumentará automáticamente a contar de ese mes. Si cumples 75 años entre octubre de 2026 y agosto de 2027, tendrás derecho al aumento desde el mes de tu cumpleaños”.
Desde septiembre de 2026, el monto máximo de la PGU será de $250.275, al que podrán acceder personas de 75 años o más.
Si una persona cumple 75 años entre octubre de 2026 y agosto de 2027, tendrá derecho al aumento desde el mes de su cumpleaños.
Asimismo, si se recibe una pensión de gracia o por leyes de reparación, con 75 años o más hasta el 30 de septiembre, se podrá solicitar a partir de junio de este año y se podrá cobrar el beneficio desde septiembre.
Si se cumplen 75 años entre octubre de 2026 y agosto de 2027, se podrá solicitar y acceder al beneficio desde el mes del cumpleaños.
Beneficiarios de la PGU
Desde el IPS detallaron cómo será la entrega de la PGU a nuevos beneficiarios.
Leyes de reparación y pensiones de gracia: “Podrás solicitar el monto completo si recibes una pensión por Ley Rettig, Ley Valech, ser una persona exonerada política, o pensionada de gracia, siempre y cuando cumplas con los requisitos establecidos”.
El trámite se podrá hacer desde junio de 2026 si se tendrán 75 años o más al 20 de septiembre de 2026.
Para pensionados de Dipreca y Capredena: “Si eres una persona pensionada de montepío de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena) o la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (Dipreca), podrás solicitar un monto que complemente tu pensión para alcanzar el valor de la PGU, a partir de septiembre de 2027, siempre que no recibas una pensión de otra entidad previsional y cumplas con los requisitos establecidos”.
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