Turbus deberá pagar casi $250 millones en indemnización a familiares de mecánico de bus que murió en accidente laboral

Por CNN Chile

05.08.2025 / 15:42

{alt}

La Corte de Santiago falló a favor de la familia del mecánico que murió en julio de 2019 en el terminal de buses interurbanos de Vallenar.


La Corte de Apelaciones de Santiago fijó en la suma total de $249.234.404 el monto de la indemnización por concepto de daño moral y emergente que la empresa de transportes Turbus deberá pagar a familiares de Eduardo Ponce, mecánico que falleció en un accidente laboral.

El trágico hecho ocurrió en julio de 2019, en el terminal de buses interurbanos de Vallenar, lugar en el que la víctima fue atropellada por un bus que se desplazó por falta en las medidas de seguridad.

Según lo informado por el Poder Judicial, la Cuarta Sala del tribunal de alzada -de forma unánime- consideró que se debe incrementar el monto resarcitorio en proporción al daño causado y, además, pagar a la hija del occiso una indemnización por lucro cesante.

En el fallo, se indicó que “es posible dar por establecido que se ha verificado respecto de cada uno de los demandantes una lesión de especial intensidad producto de los hechos materia de este juicio, teniendo en consideración la estrecha relación que cada uno tenía con el occiso, la forma en que se sucedieron los acontecimientos y la escasa evolución del sufrimiento que han padecido, según lo referido de manera conteste y circunstanciada por los testigos ya indicados, lo que permite presumir la importante magnitud de la afectación que han sufrido”.

“La regulación correlativa también debe guardar algún grado de correspondencia con determinaciones efectuadas por esta misma Corte en casos semejantes de indemnizaciones demandadas por familiares directos de personas que han perdido la vida, motivo por el que las indemnizaciones fijadas en primera instancia deben ser aumentadas. Al efecto, se estima razonable regular la indemnización a favor” de la familia del fallecido.

Dentro del reglamento interno de la empresa, se indica que para la reparación que estaba realizando Ponce era necesario “fijar cuñas en los ejes de apoyo, es decir, las ruedas sobre las que no se intervendrán”.

Sobre este punto, la Corte de Santiago señala que “el hecho de no haber fijado las cuñas referidas implicó, ciertamente y sin perjuicio de las obligaciones infringidas por su empleador, efectivamente una exposición de su parte al riesgo de accidente, que no puede menos que ser calificada como imprudente o negligente en cuanto se llevó a cabo con desatención por su parte al necesario cuidado que debió prestar en el cumplimiento de sus deberes de prevención y de trabajo seguro ya referidos”.

Finalmente, el tribunal fijó en $60 millones el monto a pagar al padre y otros $60 millones a la madre de la víctima.

Del mismo modo, se deberá indemnizar con $50 millones a la pareja y otros $50 millones a la hija de Ponce. A esta última, se le sumará otra indemnización de $29.234.404 por lucro cesante.