Publican reglamento de ley de aborto en tres causales: Así funcionará

Por CNN Chile

02.07.2025 / 16:15

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La ministra de la Mujer, Antonia Orellana, comentó que con la modificación del reglamento se busca garantizar que todas las mujeres "puedan acceder a una atención oportuna, segura y eficiente, sin trabas ni demoras".


Ya se publicó en el Diario Oficial el reglamento que asegura que la objeción de conciencia no limitará el acceso a la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE), conocida como aborto en tres causales, es decir, inviabilidad fetal, riesgo para la vida de la mujer y violación.

Esto, ya que el pasado 26 de junio venció el plazo para impugnar ante el Tribunal Constitucional y no se presentaron acciones, por lo que el reglamento se encuentra ya en vigor.

Estas modificaciones, que fueron implementadas por el Gobierno, tienen como objetivo “garantizar que las mujeres y niñas que se encuentran en alguna de estas tres causales no tengan que trasladarse entre centros, cambiarse de ciudad o recorrer regiones para ejercer un derecho ya consagrado por ley”.

La ministra de la Mujer, Antonia Orellana, afirmó que “esto representa un triunfo para la salud pública”, y que desde que se comenzó a implementar la normativa -hace siete años- se han recibido “numerosos testimonios de mujeres y niñas que han debido recorrer largos trayectos para encontrar un centro de atención, debido a que en algunos recintos el 100% de los médicos se declaraban objetores de conciencia”.

El reglamento busca “cambiar esa realidad, garantizando que todas puedan acceder a una atención oportuna, segura y eficiente, sin trabas ni demoras”.

Y añadió que “es muy positivo que podamos dar cumplimiento cabal a una ley que fue aprobada hace varios años y que cuenta con un importante apoyo ciudadano, considerando que hay encuestas en que tiene un respaldo de un 73%”.

Aborto en tres causales: ¿Cómo funcionará el reglamento?

A partir de ahora, las mujeres y niñas podrán:

  • Conocer si quien las atiende es o no objetor de conciencia y los establecimientos de salud deberán mostrar visiblemente los derechos que otorga la ley.
  • Los recintos médicos deberán actualizar sus protocolos de reasignación y derivación, ajustándose a la norma que emitirá el Ministerio de Salud, procurando que la atención sea siempre oportuna, digna y sin costo adicional.
  • Es importante destacar que el reglamento no elimina la objeción de conciencia, sino que establece que la red pública de salud debe contar con personal suficiente que no sea objetor, para que en ningún caso se niegue el acceso a la atención.

En Chile, a la fecha, hay 3 hospitales públicos donde el 100% de los obstetras se declara objetor de conciencia.