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La Cámara de Diputadas y Diputados aprobó y despachó a ley el proyecto que permite que el apellido de la madre anteceda al del padre. Con esto, ambos podrán elegir el orden de los apellidos al inscribir el nacimiento de sus hijas o hijos en común.

La normativa establece que los progenitores podrán expresar de común acuerdo el orden de los apellidos, y que este deberá ser el mismo en caso de los hijos que puedan venir después.

Además, toda persona mayor de edad podrá, sólo por una vez, solicitar el cambio de orden de los apellido.

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Entre las indicaciones ingresadas por el Ministerio de Justicia durante la tramitación hay una que excluye en todos los casos a aquellos condenados por delitos sexuales, quienes bajo ningún concepto, ni por la vía judicial, van a poder cambiar el orden de sus apellidos.

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