Agencia UNO

En un nuevo dictamen la Contraloría General de la República se pronunció sobre la renovación de patentes comerciales para locales que se dedican a la explotación de máquinas electrónicas de juego.

En ese sentido, el ente aclaró que “los municipios sólo pueden otorgar patentes para el funcionamiento de máquinas de entretenimiento que no sean susceptibles de ser calificadas como juegos de azar“.

De esta forma los municipios no podrán renovar las patentes de aquellos locales que no cumplan con la normativa vigente, que en este caso se remite a la Ley 19.995 y los Decreto Supremo número 211, 287, 329 y 547.

La aclaración de la Contraloría surge luego que los municipios de Concepción, Talcahuano y Recoleta acudieran al organismo para resolver algunas dudas sobre este negocio y las medidas que se deben adoptar actualmente.

“Las municipalidades se encuentran en el imperativo de verificar que las máquinas que se estén explotando efectivamente en un establecimiento comercial amparado por una patente municipal, correspondan a aquellas objeto del respectivo informe emitido por la SCJ“, agrega el reciente dictamen.

Así, los conocidos “casino de barrio” sólo podrán renovar su patente municipal si cuentan con máquinas acreditadas ante la Superintendencia de Casinos de Juego como aparatos de destreza y no azar.

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