Servel habilitó candidatura de Jadue a la Cámara, pero aún podría quedar fuera de la elección: ¿Qué es lo que viene?

Por Arelí Zúñiga

01.09.2025 / 19:05

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El Tribunal Electoral Metropolitano aún debe resolver un recurso de impugnación presentado por Renovación Nacional, que alega que el exalcalde de Recoleta no cumple con los requisitos legales para postular, debido a su formalización por el Caso Farmacias Populares.


Este lunes el Servicio Electoral de Chile (Servel) habilitó oficialmente la candidatura del exalcalde de Recoleta, Daniel Jadue, como diputado por el distrito 9, pese a esto su participación en la próxima elección aún está en entredicho.

El Segundo Tribunal Electoral Metropolitano sigue deliberando sobre un recurso de impugnación presentado por Renovación Nacional (RN), que busca dejarlo fuera de carrera por su situación judicial.

La impugnación se basa en que Jadue, militante del Partido Comunista, está formalizado por delitos que podrían acarrear una condena de más de 18 años de cárcel, en el marco del caso relacionado con la Asociación Chilena de Municipalidades con Farmacias Populares (Achifarp).

De acuerdo con RN, esa formalización comprometería su derecho a sufragio y, por ende, su elegibilidad para ejercer cargos públicos.

En caso de que el tribunal acoja el recurso, el Partido Comunista podría incluso perder el cupo, ya que, según los reclamantes, este no sería reemplazable.

Audiencia clave y fallo en suspenso

Durante la jornada, el tribunal escuchó los argumentos de ambas partes, sin llegar a una resolución inmediata. De acuerdo con fuentes del proceso, el fallo podría conocerse entre este lunes y martes, aunque legalmente la corte tiene un plazo de hasta cinco días para emitir su decisión.

La defensa apela a precedentes

La defensa de  Jadue, encabezada por el abogado Ciro Colombara, argumentó que en situaciones similares —como la del excandidato presidencial Marco Enríquez-Ominami— no se impidió la participación electoral pese a una acusación penal en curso.

Sin embargo, la contraparte señaló que, a diferencia de Jadue, Enríquez-Ominami fue posteriormente absuelto.