La victoria de Zúmbale Primo en tribunales: Rechazan demanda en su contra por más de $470 millones
Por CNN Chile
08.07.2025 / 08:15
La Corte Suprema rechazó un recurso de casación presentado por un productor de eventos que los habían acusado de "incumplimiento de contrato".
La Corte Suprema rechazó un recurso de casación en el fondo interpuesto en contra de la sentencia que desestimó la demanda de indemnización de perjuicios por incumpliendo de contrato, presentado por productor de eventos en contra de la banda “Zúmbale Primo”.
En fallo unánime, la Primera Sala del máximo tribunal desestimó la procedencia del recurso al estar dirigido en contra de hechos asentados por los jueces del fondo y manifiesta falta de fundamento.
La banda había sido demandada por el productor de eventos musicales Juan Villanueva Salinas, quien acusaba un “incumplimiento de contrato” por parte de la banda, por lo que demandaba una suma total de daños por $471.580.888.
En su sentencia, la Suprema estimó que “sobre la base de los hechos y razonamientos reseñados, aparece que las alegaciones del impugnante persiguen el establecimiento de hechos no acreditados en la causa, alejándose de los supuestos fácticos asentados por los sentenciadores. Así, habría que ir en contra de lo decidido por los jueces del fondo en cuanto indicaron, en resumidas cuentas, que no resultaron probados los elementos propios de la acción deducida, en especial las estipulaciones convenidas y los incumplimientos reprochados a la demandada”.
“Se ha de tener presente que solamente los jueces del fondo se encuentran facultados para fijar los hechos de la causa, y efectuada correctamente dicha labor en atención al mérito de los antecedentes y probanzas aportadas, estos resultan inamovibles (…), no siendo posible su revisión por la vía de la nulidad que se analiza al no haberse denunciado eficazmente contravención a leyes reguladoras de la prueba”, se añadió.
Finalmente, el máximo tribunal sostuvo que “lo razonado lleva a concluir que el recurso de casación en el fondo no puede tener acogida por adolecer de manifiesta falta de fundamento“.