La Superintendencia de Educación sustituyó la circular 768, por la resolución 812 del 21 de diciembre de 2021, que oficializa que los estudiantes trans desde los 14 años podrán ser llamados por su nombre social. 

Asimismo, establece que los niños, niñas y adolescentes trans deberán ser tratados verbalmente por su nombre social “siempre y sin excepción”, así también como al utilizar su uniforme y baños acordes a su género.

Además, incorpora el derecho al “reconocimiento y protección de su identidad de género, así como a expresar su orientación sexual”.

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Pese a que tanto en el libro de clases, como en el certificado anual de notas y en la licencia de educación media estarán identificados bajo el nombre legal, se abre la posibilidad de añadir el nombre social.

La circular detalla que “los establecimientos educacionales podrán agregar en el libro de clases el nombre social para facilitar su integración y uso cotidiano, sin que este hecho constituya infracción a las disposiciones que regulan esta materia”. Nombre social que también podrá ser utilizado “en todo tipo de documentación afín”. 

Desde el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) aseguraron que se trata de “una buena noticia”. 

“Nueva circular del Mineduc permite que estudiantes trans mayores de 14 años puedan solicitar de forma autónoma el respeto a sus derechos en los establecimientos educacionales. Antes sólo estaba permitido para mayores de 18 años”, publicaron en su cuenta de Twitter. 

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