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Este lunes la Corte Suprema decidió revocar la libertad condicional del machi Celestino Córdova.

En votación divivida, el máximo tribunal detalló que pese a la intervención psicosocial que se ha llevado a cabo en él, “no ha sido útil para lograr la rehabilitación en los términos expuestos en la conclusión de la Comisión”.

El pasado martes 2 de enero, la Corte de Apelaciones de Temuco había ordenado tramitar la libertad condicional por el cumplimiento de condena por el homicidio del matrimonio Luchsinger-Mackay para Celestino Córdova, tras un recurso de amparo presentado por su defensa. Todo en una decisión que levantó cuestionamientos de diversos sectores, incluido el Ejecutivo.

Tras nueve años y 11 meses de presidio (más de la mitad de su condena), el machi abandonó pasada la medianoche del jueves 4 de enero el Centro de Estudio y Trabajo (CET) de Vilcún, donde cumplía 18 años de pena como autor del delito consumado de incendio que tuvo como resultado la muerte de la pareja.

¿Por qué fue liberado?

La semana pasada la Segunda Sala del Tribunal de Alzada dio lugar a la acción constitucional, tras establecer que Córdova cumplía con todos los requisitos legales exigibles para cumplir el saldo de la pena impuesta en el medio libre.

El fallo indicó que en “el informe psicosocial emanado del organismo técnico de Gendarmería señala que se observan importantes avances (en el condenado), tales como una valoración positiva y adherencia al plan de intervención vigente, labores sistemáticas realizadas dentro de la unidad penal, capacitaciones en CCP Temuco y cursos de capacitación en CET Vilcún, mantiene permisos de salida trimestral y de fin de semana, sin que se indiquen incumplimientos”.

El organismo determinó también que Córdova tuvo una correcta “adaptación a los espacios brindados para favorecer el desarrollo de espiritualidad y cultura, en razón de su autoridad ancestral dentro del pueblo mapuche, particularmente machi en su comunidad”.

“El sentenciado ha cumplido con la totalidad de las exigencias reglamentarias que le eran aplicables al tiempo de iniciar su condena y mayoritariamente con las exigencias en actual vigencia para optar al beneficio de libertad condicional, manifestando incluso empatía por el daño generado por el ilícito”, cerraba el escrito.

La salida del machi desde el CET de Vilcún se concretó pese al recurso de apelación presentado ayer por el Gobierno, que incluía una orden de no innovar para que no se le otorgara la libertad mientras se tramitaba la acción.

Acción del Gobierno

La semana pasada, previo a la liberación del machi, el Gobierno confirmó que apelaría a la Corte Suprema para revertir la resolución. El subsecretario del Interior, Manuel Monsalve insistió en que el Ejecutivo haría “todo lo que esté a su alcance” para revertir la decisión.

“El Gobierno ya ha presentado una apelación a la Corte de Apelaciones y en estos momentos, muy probablemente en los próximos minutos, se presentará una solicitud de orden de no innovar”, indicó el 4 de enero.

La decisión, sin embargo, causó molestias al interior del oficialismo, en particular en el Frente Amplio. Y es que la diputada de RD, Ericka Ñanco, calificó la medida como un “error”.

El machi Celestino se gana (el beneficio) básicamente no por ser machi, ni por ser mapuche, sino por cumplir con los requisitos que establece la ley 321 para la libertad condicional, entendiendo que este tipo de beneficios no se le entrega a cualquier persona”, apuntó.

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