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Este martes la Corte Suprema rechazó el recurso de casación por la empresa Feller Rate Clasificadora de Riesgo Limitada y confirmó la multa de 7.000 UF que le aplicó la Superintendencia de Valores y Seguros (actual Comisión para el Mercado Financiero, CMF).

En la sentencia, la Tercera Sala del máximo tribunal integrada por los ministros Sergio Muñoz, Ángela Vivanco, Adelita Ravanales, Mario Carroza y el abogado Gonzalo Ruz descartaron la infracción de ley en la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, que confirmó que se mantuvo la multa a la empresa por infringir obligación en la labor de clasificación de riesgos asociada a valores de oferta pública emitidos por empresas La Polar S.A.

El fallo aclaró que la empresa La Polar no se ajustó a la metodología de la Clasificadora, ni realizó una evaluación de indicadores básicos del emisor, y que debido a ello “Feller pudo incluso haber advertido la falsedad de la información pública de la Compañía, lo cual no ocurrió precisamente por las deficiencias en el trabajo de la Clasificadora”.

En tanto, la resolución entregada por el máximo tribunal añade que “el recurso parte de una tesis errónea, pues propone que la sentencia impugnada le ha exigido ‘verificar antecedentes’ elevando el estándar exigido por el legislador, sin embargo, los jueces del fondo han dicho algo distinto, a saber, que la reclamante, en su condición de Clasificadora de Riesgo se encuentra obligada a desempeñar su labor con la realización de ‘correcto análisis’ de la información que le es entregada por la empresa”.

Revisa el fallo completo a continuación:

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