Por Camila Vallejo
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*Escrita en co-autoría con la diputada Camila Rojas (Comunes)

La propuesta legislativa para posibilitar, entre otras materias, que la Convención Constitucional fije sus propios quórums ha generado un gran impacto, superior incluso al esperado. Más allá de las ridículas caricaturas que sectores conservadores elevan en la prensa y redes sociales para enlodar o evitar el debate democrático, es importante adentrarnos en el contenido de esta propuesta y que la ciudadanía merece conocer.

Lo primero que se debe señalar es que la propuesta no pretende establecer un quórum específico, lo que busca es permitir que sea la propia Convención Constitucional la que defina sus quórums y no sean estos determinados de antemano por el Congreso, como sucede hoy. Si la Convención vuelve a elegir los 2/3, o 4/7 o 50%+1, es una realidad que, como país respetuoso de la democracia, deberíamos aceptar.

Lo segundo que debemos señalar es que el proceso constituyente lo inició el pueblo en las calles. Sin manifestación social jamás se habría abierto la puerta a una Nueva Constitución. Si bien se generó un acuerdo para institucionalizarlo, paralelo a los avances legislativos que hasta ese día ya se discutían en el Congreso para realizar un plebiscito, éste no logró reflejar la totalidad de la demanda por un proceso constituyente, incluyendo aspectos que jamás fueron consultados, motivo por el cual ha habido más o menos consenso en modificarlo en varios aspectos.

¿Es entonces posible sostener que las reglas del juego no pueden ser modificadas?

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La premisa de que no se pueden cambiar las reglas del juego es inverosímil. El acuerdo ya ha sido modificado e incluso incumplido más de una vez por los mismos sectores que lo firmaron: en el punto 1 del Acuerdo por la Paz y la Nueva Constitución, los firmantes se comprometen al total respeto de los Derechos Humanos y la institucionalidad democrática vigente, compromiso que desde el mismo día fue incumplido con las graves y generalizadas violaciones a los DDHH que ya conocemos. En el punto 2 se señala que el plebiscito se realizaría en el mes de abril, cuestión que fue modificada producto de la pandemia. El punto 9 se refiere a la posibilidad de que las y los actuales parlamentarios puedan ser candidatos a la convención, lo que ya se propuso eliminar mediante una reforma denominada “mixta no” que impulsa Revolución Democrática.

Ante esto, algunos señalan que todas esas modificaciones serían menos relevantes que modificar los quórum porque tanto los 2/3 como la hoja en blanco habrían sido el corazón del acuerdo. Quienes defienden esta premisa aceptaron, sin embargo, incorporar a posteriori dos cuestiones que no estaban en el acuerdo y que desdibujan la llamada hoja en blanco: una es el Control sobre los procesos de reclamación que ejercerá la Corte Suprema sobre la Convención Constitucional. La segunda se trata sobre los límites que tendrá esta en relación a los tratados internacionales, incluyendo los de carácter comercial como podría ser el TPP11.

Cabe mencionar, además, las distintas propuestas de modificación al acuerdo que han buscado mejorar y democratizar el proceso constituyente: el proyecto de ley que permite la paridad de género en la Convención, la propuesta de escaños reservados para los pueblos originarios que aumentaría el número de constitucionales de 155 a 179, la propuesta para la conformación de listas independientes y la que crearía distritos en el extranjero.

Esto nos lleva a otra de las falsas premisas repetidas contra el proyecto de ley: “la ciudadanía aprobó y ratificó las reglas del juego del Acuerdo por la Paz en el plebiscito del 25 de Octubre”. Señalar que casi 6 millones de personas votaron para validar el Acuerdo por la Paz es simplemente un exceso de audacia. A nadie se le preguntó en la papeleta si estaba a favor o en contra de los términos y condiciones señalados en el acuerdo del 15 de Noviembre o de lo establecido en la ley 21.200, menos aún se preguntó sobre un quórum inamovible de 2/3 para la Convención.

Lo que la ciudadanía aprobó, en el proceso electoral con la mayor cantidad de votos emitidos en la historia del país, fue la redacción de una Nueva Constitución y mandatar a una Convención elegida 100% por la ciudadanía para esta labor, nada más ni nada menos.

Sostener que no podemos cambiar las reglas del juego porque el pueblo votó una Convención con 2/3 nos impediría de legislar sobre los escaños reservados porque la ciudadanía aprobó una Convención sin pueblos originarios y con sólo 155 convencionales. Simplemente absurdo.

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Esta reforma “divide a la oposición” o “no contribuye a la unidad”

Llama la atención que depositen en una simple propuesta y en algunas diputadas, el peso de la desarticulación de una centro izquierda que hace tiempo está en crisis. Somos muchos y muchas, de distintos partidos, quienes ingresamos a la política y particularmente al Congreso, con el sueño y el empuje de hacer las cosas de manera distinta: no con calculadoras electorales sino con disposición para trabajar sobre convicciones e ideas transformadoras. Hemos trabajado, con mayor o menor unidad, por mejores condiciones laborales para los y las trabajadoras, por el acceso a una educación gratuita y de calidad, por la defensa de los Derechos Humanos y contra la impunidad de los violadores de éstos, por más y mejor democracia. Quienes creen y dicen creer en estos valores no pueden hoy esconderse tras el argumento de que “no generan unión”.

Esta propuesta, por último, no busca ir en contra de un acuerdo ni imponer un quórum predeterminado como lo hizo la ley 21.200. Buscamos fortalecer la democracia, la participación y el ejercicio soberano del proceso constituyente, siendo las y los constitucionales quienes puedan definir sus quórums. Esperamos entonces que la unidad de la oposición también signifique ser capaz de dar los debates y no esconderlos debajo de la alfombra, ser honestos con la ciudadanía y demostrar que somos capaces de debatir y argumentar pensando en el progreso y la mejora constante de nuestra democracia.

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