Por Lindy Sandoval
Agencia Uno

En una nueva conmemoración del día internacional de la mujer y de cara a un próximo gobierno que se define como “feminista”, CNN Chile realizó un balance de los avances legislativos en materia de mujer y equidad de género a lo largo de la historia de nuestro país.

Si bien se muestra un notable avance desde el sufragio femenino a la fecha, aún queda mucho por recorrer. A pesar de que la igualdad salarial está contemplada en nuestra legislación, las mujeres todavía ganan un 23% menos que los hombres.

A 12 años de la ley que tipifica el delito de femicidio, 500 mujeres han sido asesinadas y recién en 2010 se reconocieron los derechos sexuales y reproductivos de la mujer a través de la distribución de los anticonceptivos y la píldora del día después. 

Aquí te mostramos los principales elementos en los que ha progresado la legislación chilena en relación a la mujer.

Decreto Amunategui – 1877

El 6 de febrero de 1877, el Presidente Aníbal Pinto junto al ministro de Justicia de la época, Miguel Luis Amunategui firmaron el decreto que declaraba que las mujeres deben ser admitidas a rendir exámenes válidos para obtener títulos profesionales. El cual consideraba tres puntos:

  • Que conviene estimular a las mujeres a que hagan estudios serios y sólidos.
  • Que ellas pueden ejercer con ventaja alguna de las profesiones denominadas científicas.
  • Que importa facilitarles los medios de que puedan ganar la subsistencia por sí mismas.

Diez años después, en 1887, Eloísa Díaz y Ernestina Pérez se convierten en las primeras mujeres en titularse de médico cirujano en la Universidad de Chile.

Voto Femenino o Ley N°9.292 – 1935 a 1949

A fines del siglo XIX, las mujeres irrumpieron por primera vez en un mundo que era solo de hombres. En 1934, se aprobó por primera vez el voto femenino para las elecciones municipales.

Este derecho lo ejercieron por primera vez el 7 de abril de 1935, ocasión en que solo 98 mujeres se presentaron como candidatas a las alcaldías del país, pero solo 25 fueron electas.

Desde ese momento, el movimiento feminista siguió creciendo y despertó las ansías y el interés de más mujeres por incorporarse a la vía democrática.

Ya en 1941, las abogadas Elena Caffarena y Flor Heredia presentaron un proyecto al presidente Pedro Aguirre Cerca, quien fuera uno de los partidarios de la lucha de las mujeres por sus derechos políticos.

La muerte del mandatario retrasaría el debate por años y recién en 1946, la lucha por lograr el sufragio femenino se intensificó. Pese a la oposición del presidente conservador Gabriel González Videla, las feministas lograron un 8 de enero de 1949 que se les concediera el derecho a participar en las elecciones presidenciales y parlamentarias.

Foto: Memoria Chilena.

Creación Sernam – 1991

Bajo la administración de Patricio Aylwin, un 3 de enero de 1991 se promulgó la ley N° 19.023 que creaba el Servicio Nacional de la Mujer, con el objetivo de promover la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres.

Su creación se debe al cumplimiento de “los compromisos internacionales contraídos por Chile al ratificar la Convención de Naciones Unidas sobre Eliminación de Todas las formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) y suscribir otros acuerdos que recomiendan a los países que organismos de alto nivel se encarguen de impulsar el progreso de las mujeres”.

La primera directora fue Soledad Alvear.

Ley de Filiación – 1998

El 8 de septiembre de 1998 se instauró una de las modificaciones más importantes del Código Civil en materia de filiación. Esta ley les otorgaba un trato igualitario a todos los hijos nacidos en Chile, independiente de las circunstancias de su nacimiento, es decir, si habían nacido dentro o fuera del matrimonio.

Esta normativa, publicada el 26 de octubre de ese año en el Diario Oficial bajo el número 19.585, entró en vigor un año después. La medida terminó con la categoría de hijos legítimos e ilegítimos -denominados históricamente como ‘huachos’-, nombre que se daba legalmente a los niños de acuerdo con la situación legal de sus padres.

Este cambio implicó que, ante la muerte de los padres, todos sus hijos, sin importar si nacían dentro o fuera del matrimonio, tenían los mismos derechos de cuidado e igualdad de derechos hereditarios.

Ley de divorcio – 2004

El 7 de mayo de 2004, el Presidente Ricardo Lagos promulgó la nueva ley de matrimonio civil que sustituía a la vigente tras 120 años y que permitió el divorcio.

Tras un debate de 10 años y con el rechazo de sectores de derecha y de la Iglesia Católica, esta medida permitía que el divorcio se podría solicitar por tres causas: como maltrato, alcoholismo y drogadicción, por mutuo consentimiento de la pareja, cuando haya cumplido un año sin vida en común, y por voluntad unilateral de un cónyuge, a tres años del quiebre de la relación.

En dicha oportunidad, el presidente Lagos calificó esta normativa como “paso gigantesco que fortalece a la familia”. Esta ley reemplazó a la norma vigente desde 1884 que no permitía el divorcio, sino que solo la nulidad del matrimonio mediante un engaño jurídico.

Ley de Derecho de alimentación de los hijos – 2007

La ley N° 20.761 extiende el derecho a las madres trabajadoras para que dispongan de, al menos, una hora diaria para alimentar a sus hijos menores de dos años durante la jornada laboral.

Al ser un derecho de las madres que trabajan, no tiene ningún tipo de descuento, ya que el tiempo utilizado en alimentar a los hijos se considera como una hora trabajada.

Actualmente, esta iniciativa también considera a los padres.

Ley de Femicidio – 2010

En 2010 y a raíz de una mayor visibilización de la violencia de género, se promulgó la ley que sancionaba con 15 a 40 años de cárcel a los autores de delitos tipificados como femicidios.

Este requerimiento se extendió a los casos en que las mujeres sean víctimas de sus ex cónyuges o ex convivientes. Además, se consideró como ilícito el daño al patrimonio de la mujer y se aumentaron las cautelares para las afectadas que podían ser entregadas por el Tribunal de Familia.

La ley también liberaba de responsabilidad a los miembros de la familia que actuaran en defensa propia contra un integrante con historial en materia de violencia de género.

Foto: Rodrigo Gajardo/ Agencia Uno

Ley 20.418 – 2010

En 2008, causó revuelo cuando Postinor 2, conocida como la píldora del día después, cerró sus registros en Chile tras las presiones de un grupo de opositores que alegan que el fármaco era abortivo y dañino para la salud de la mujer.

Un año después, este fármaco se reinsertó en Chile bajo el nombre de Escapel 1– y más tarde Escapel 2– y se distribuyó gracias a la autorización del Instituto de Salud Pública (ISP). Para evitar problemas de distribución y venta del fármaco se promulgó por primera vez una ley que establecía los derechos sexuales y reproductivos de la población.

Así nació la ley 20.418, que hasta hoy regula las normas sobre información, orientación y prestaciones en materia de fertilidad. La normativa establece que “toda persona tiene el derecho de elegir libremente y sin coacción de ninguna clase y de acuerdo con sus creencias o formación, los métodos de regulación de la fertilidad femenina y masculina que cuenten con la debida autorización y, del mismo modo, acceder efectivamente a ellos”.

La medida permitió que toda persona pudiese acceder a la píldora de emergencia, solicitándola en servicios públicos o comprándola en farmacias del país. Hoy se puede acceder a este fármaco y sus genéricos sin receta médica, bajo un decreto establecido por el ISP.

Ley 20.348 – 2010

Esta normativa promulgada en 2010 resguarda el derecho a la igualdad en las remuneraciones y aborda legislativamente el tema de la brecha salarial entre hombres y mujeres, con el objetivo de disminuirla y evitar la discriminación de género en este ámbito.

A pesar de aquello, cifras del INE de 2020 datan de que las mujeres ganan en promedio 27% menos que los hombres. En 2018, ellas obtuvieron $474.911 mensuales en promedio y ellos $652.397.

A ello, se suma el hecho de que un 40,1% de las mujeres de 15 años y más, que no estudian, carecen de autonomía económica ya que no cuentan con ingresos propios.

Ley 20.533 – 2011

El 05 de septiembre de 2011, se promulgó la ley 20.533 que modificó el Código Sanitario con el objeto de facultar a las matronas para recetar anticonceptivos.

De esta manera, el artículo señala que las matronas o matrones: “Podrán indicar, usar y prescribir sólo aquellos medicamentos que el reglamento clasifique como necesarios para la atención de partos normales y, en relación con la planificación familiar y la regulación de la fertilidad, prescribir métodos anticonceptivos, tanto hormonales -incluyendo anticonceptivos de emergencia- como no hormonales, y desarrollar procedimientos anticonceptivos que no impliquen uso de técnicas quirúrgicas, todo ello en conformidad a la ley Nº 20.418″.

Post natal 6 meses – 2011

El 17 de octubre de 2011, el Presidente Piñera promulgó la ley que 20.545, conocida como Ley de Permiso Postnatal Parental. Esta medida corresponde a un permiso que se extendió de 12 a 18 semanas, donde la trabajadora recibe la mitad del subsidio señalado y a lo menos, el 50% de las remuneraciones pactadas en su contrato.

Asimismo, esta normativa contempla tres grandes temas en materia de protección a la maternidad, tales como: la extensión del postnatal, el permiso postnatal parental y la extensión de cobertura a mujeres no cubiertas por el régimen de subsidio por incapacidad laboral.

De esta manera, la extensión del postnatal considera que, en determinadas circunstancias que justifiquen la necesidad de mayor reposo por parte de la madre (partos múltiples y/o partos prematuros), se pueda extender el Postnatal. Mientras que el Permiso Postanatal Parental, también puede traspasarse al padre.

Creación Min. Mujer y Equidad de Género – 2015

El 28 de enero de 2015 se aprobó por unanimidad el proyecto de ley que creaba el Ministerio de la Mujer y Equidad de Género, con el fin dar término a las desigualdades y dar un paso significativo en las políticas de género en el país.

La normativa fue promulgada por la presidenta Michelle Bachelet el 8 de marzo y nombró a Claudia Pascual como ministra de dicha cartera.

“A las mujeres de Chile les debemos la mayor de las atenciones y todos nuestros esfuerzos”, expresó la mandataria en dicha oportunidad.

Foto: Jorge Fuica/Agencia Uno

Ley 20.840 – 2015

El 5 de mayo de 2015 fue publicada en el Diario Oficial la ley que sustituye el sistema electoral binominal por uno de carácter proporcional e inclusivo, con el objeto de fortalecer la representatividad en el Congreso Nacional, establecer el aumento de parlamentarios y garantizar una mayor participación femenina.

De esta manera, se aumentó la cantidad de diputados de 120 a 155, disminuyendo de 60 a 28 los distritos. Mientras que los senadores, pasaron de 38 a 50 y se estableció una sola circunscripción senatorial por región, aumentando la cantidad de candidatos a elegir en cada caso.

Asimismo, la iniciativa establece que del total de declaraciones de candidaturas que un partido o lista presente en un territorio electoral, ningún género, sea femenino o masculino, puede superar el 60% del total de postulantes.

Es decir, se debe declarar por lo menos un 40% de mujeres y/o un 40% de hombres.

Aborto en 3 causales – 2017

El 21 de agosto de 2017, el Tribunal Constitucional ratificó la legalidad del proyecto que despenaliza el aborto en tres causales: riesgo de vida de la madre, inviabilidad fetal y violación.

Con este paso, Chile salió de la exclusiva lista de seis países que penalizaban el aborto en todas sus circunstancias, tales como El Salvador, Nicaragua, República Dominicana, Malta y El Vaticano.

Una vez promulgado por la presidenta Michelle Bachelet, esta ley que modifica el artículo 119 del código sanitario, puso fin a casi dos años y medio de tramitación al proyecto que la misma mandataria ingresó en 2015, y que fue una de sus promesas de campaña.

Sin embargo, el camino de su aprobación no fue fácil ya que debió enfrentar una fuerte discusión valórica.

En 2021, la iniciativa que buscaba despenalizar el aborto hasta las 14 semanas de gestación fue rechazada en la Cámara de Diputadas y Diputados por 65 votos en contra y 62 a favor.

Tras ello, el proyecto impulsado por las diputadas Karol Cariola (PC), Camila Vallejo (PC), Maite Orsini (RD), Daniela Cicardini (PS), Cristina Girardi (PPD), Natalia Castillo (IND), Claudia Mix (Comunes), Emilia Nuyado (PS), Camila Rojas (CS) y Gael Yeomans (CS), quedó archivado.

Foto: Karin Pozo/ Agencia Uno

Ley de Universidades del Estado – 2018

El 16 de mayo de 2018, miles de personas se congregaron a lo largo del país en una marcha convocada por las organizaciones estudiantiles.

La movilización “por una educación no sexista” reunió más de 150 mil personas, quienes protestaron por el rechazo a la violencia en las universidades, en contra del acoso en las aulas y por una educación no sexista.

Las demandas de miles de universitarias que comenzaron en abril de 2018 y que explotaron en mayo, se dieron en el contexto del “Mayo Feminista”, y revitalizaron el movimiento en Chile.

A partir de aquello, nació la ley 21.094 o Ley de Universidades del Estado, donde a grandes rasgos, se reconoce el rol y las especificidades de las Universidades Estatales y la responsabilidad del Estado con ellas.

Asimismo, se creó el Consejo de Coordinación de Universidades del Estado, entrega un fondo de fortalecimiento para estas instituciones, tipifica el acoso sexual y laboral, asignándoles un procedimiento de respuesta adecuado y elimina algunos procesos burocráticos.

Foto: Cristóbal Escobar/ Agencia Uno

Ley de Respeto Callejero – 2019

En 2019, el Congreso Nacional aprobó con amplia mayoría el proyecto de ley que tipifica el delito de acoso sexual en espacios públicos.

Esta iniciativa fue impulsada por el Observatorio Contra el Acoso Chile (OCAC) y de esta forma, se reconoce por primera vez en la historia la gravedad de los hechos, calificados como delitos sexuales ante la justicia.

De esta manera, esta ley castigará con la pena de presidio menor en su grado mínimo- 61 a 540 días- y multas de 5 a 10 UTM ($241 mil y $483 mil) a aquellos que “en lugares públicos o de libre acceso al público y que, por cualquier medio, capte, grabe, filme, o fotografíe imágenes, videos o cualquier registro audiovisual, de los genitales u otra parte íntima del cuerpo de otra persona con fines de significación sexual y sin su consentimiento”.

Asimismo, se incorporan como delitos sexuales las tocaciones, agarrones o “punteos”, así como el acoso verbal (comentarios verbales), gestos, acercamientos, persecuciones y exhibicionismo.

Ley Gabriela – 2020

El 11 de junio de 2018, Gabriela Alcaíno (17) y su madre, Carolina Donoso, fueron asesinadas por Fabián Cáceres, quien había sido pololo de Gabriela.

A pesar de la gravedad de los hechos, ninguno de estos dos asesinatos fue considerado como femicidio por la ley promulgada en 2010.

A raíz de la lucha del padre de Gabriela y de las organizaciones feministas, el 03 de marzo de 2020 se promulgó la ley que modifica el Código Penal en materia de tipificación del femicidio, incluyendo las relaciones de noviazgo y pololeo.

Asimismo, sanciona la violencia de género contra las mujeres con tipos penales específicos como el femicidio por causa de género, femicidio íntimo y una serie de agravantes que aumentan las penas.

Quienes cometan estos delitos arriesgan desde 15 años y un día a 40 años. Además, esta medida incorpora en esta tipificación del femicidio, haberlo cometido por orientación sexual, identidad de género y expresión de género, haciéndose cargo de las violencias específicas que sufren las mujeres lesbianas o trans.

Foto: Leonardo Rubilar Chandía/ Agencia Uno

Ley de Segundas Nupcias (2020)

El 4 de septiembre de 2020, y como parte de los compromisos asumidos en la Agenda Mujer, el Presidente Piñera promulgó la ley de segundas nupcias. Esta normativa, elimina el plazo de 270 días que debían esperar sólo mujeres antes de contraer un segundo matrimonio.

En dicha instancia y acompañado por la ministra de la Mujer, Mónica Zalaquett, el mandatario expresó que esta medida responde a “un compromiso total con tolerancia cero contra todo tipo de violencia o abusos contra las mujeres”.

Ley de Paridad de Género en la Convención Constitucional – 2021

El pasado 15 y 16 de mayo de 2021, la Convención Constitucional no solo pasó a la historia por permitir la redacción de una nueva Carta Magna de manera democrática, sino que también se convirtió en el primer órgano de este tipo en el mundo con una proporción igualitaria entre hombres y mujeres.

Para ello, se aplicaron dos mecanismos: una conformación de listas “cebra” y la corrección o ajuste por género, encargada de evitar la sobrerrepresentación de un sexo por sobre el otro, sea hombre o mujer, permitiendo el reemplazo por el candidato del sexo opuesto de su mismo partido o lista con mayor votación.

De esta manera, de los 155 representantes, 78 son hombres y 77 mujeres. Cabe recordar que la reconocida académica en lingüística, de origen mapuche y profesora de la Universidad de Santiago, Elisa Loncon se convirtió en la primera Presidenta del órgano redactor.

Más tarde, la epidemióloga ambiental, académica de la Universidad de Talca y odontóloga, María Elisa Quinteros la sucedió en el cargo.

Ley corta de la retención del 10% – 2021

Debido a la pandemia y a raíz de los retiros de las AFP, una silenciosa y dramática realidad salió a la luz: las altas cifras de deudores de alimentos en el país.

Según datos del Poder Judicial, 84% de las pensiones de alimentos en Chile se encuentran impagas y nueve de 10 demandas presentadas en tribunales son contra hombres.

Es por ello que el Ministerio de Justicia ingresó un proyecto de ley al Congreso, con urgencia de discusión inmediata, que permitiría agilizar el pago de pensiones de alimentos de los deudores que solicitaran su 10% de los fondos de AFP.

De esta manera, la ley faculta al juez para dictar una resolución que permite asegurar la custodia de estos fondos con una notificación a la AFP, la cual debe hacerse en un plazo máximo de 24 horas desde el ingreso de solicitud de la retención.

Ley de Registro de Deudores de Alimentos – 2021

A raíz de lo anterior, el 10 de noviembre de 2021 el Presidente Sebastián Piñera en compañía de la ministra de la Mujer y Equidad de Género, Mónica Zalaquett, y junto al ministro de Justicia, Hernán Larraín, promulgó la ley que creará el Registro de Deudores de Alimentos.

Con esta normativa, quienes integren la base de datos del Registro Nacional de Deudores, sufrirán una serie de consecuencias en su diario vivir, que les obligarán a pagar sus pensiones adeudadas, ya que se dejará la lógica de las sanciones punitivas (por ejemplo, a través de arrestos), para avanzar en la incorporación de sanciones de carácter patrimonial para los deudores.

Entre las sanciones, los deudores no podrán renovar sus licencias de conducir ni sus pasaportes, no podrán recibir beneficios económicos públicos o bonos del Estado y quienes soliciten créditos bancarios por una suma igual o superior a 50 UF, la entidad financiera retendrá parte de los fondos para pagar la deuda, entre otras.

Además, el no pago de estos dineros será considerado como violencia intrafamiliar.

Matrimonio Igualitario – 2021

El 28 de agosto de 2017, la Presidenta Michelle Bachelet firmó el proyecto de ley de matrimonio igualitario. Iniciativa que fue parte de su programa de Gobierno y que el Estado chileno selló con el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) y en conjunto con la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

Tras una larga tramitación en el Congreso Nacional, el 9 de diciembre de 2021, el Presidente Sebastián Piñera promulgó la normativa desde el palacio de La Moneda. En la ceremonia, el mandatario destacó el trabajo que hizo la ex presidenta en la materia. “Llegó el tiempo de profundizar en torno al valor de la libertad y de la dignidad. Llegó el tiempo de consagrar la libertad de amar y formar familia. Llegó el tiempo de darle todo el valor a la dignidad de todas las relaciones de afecto y amor entre dos personas”, señaló en dicha oportunidad.

Desde el 7 de marzo las parejas del mismo sexo que quieran contraer matrimonio podrán solicitar una hora en la página web del Registro Civil. Las primeras ceremonias se llevarán a cabo el jueves 10 de marzo, cuando entre en vigencia de manera oficial la normativa.

Foto: Sebastián Beltrán Gaete/ Agencia Uno

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