Educación superior: ¿Cómo funciona derecho a retracto para estudiantes de primer año?

Por CNN Chile

20.01.2026 / 16:38

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La normativa permite a estudiantes de primer año desistir de una matrícula y optar por otra institución dentro de un plazo definido por ley.


Hasta el jueves 29 de enero, los estudiantes que ingresan por primera vez a la educación superior pueden ejercer el derecho a retracto, mecanismo que les permite dejar sin efecto una matrícula firmada previamente en otra institución.

Este derecho cobra especial relevancia para quienes se matricularon antes de conocer los resultados del Sistema de Acceso a la Educación Superior y, tras ese proceso, decidieron cambiar su opción académica, es decir, inscribirse a otra.

¿Qué implica el derecho a retracto?

  • Puede ser ejercido por los estudiantes matriculados para el año 2025, o por quien hizo efectivo el pago en su representación, no importando el tiempo transcurrido previo a la publicación de los resultados del sistema de acceso.
  • La institución de educación superior debe devolver el dinero pagado por matrícula y entregar la documentación asociada, dentro de un plazo máximo de 10 días corridos desde que se solicita el retracto.
  • La casa de estudios solo puede retener un monto por costos administrativos, el que no puede superar el 1% del arancel anual de la carrera.
  • Mientras esté vigente el plazo de retracto, las instituciones no pueden negociar ni transferir los documentos de pago, ni realizar operaciones como factoring, endosos, garantías o cobranzas externas.

¿Cómo ejercer el derecho a retracto?

  • Presentar ante la institución original el comprobante de la nueva matrícula, junto con una copia de la cédula de identidad vigente por ambos lados.
  • Idealmente, acompañar la solicitud con una carta en la que se exprese claramente la voluntad de ejercer el derecho a retracto y la fecha del trámite. El formato está disponible en (www.sernac.cl/retracto) y en (sesuperior.cl).
  • Solicitar que la institución timbre o firme una copia de la carta, como respaldo de la fecha en que se realizó el trámite.
  • Si luego de 10 días corridos no se ha recibido la devolución del dinero o la confirmación de la anulación del contrato, podría tratarse de una infracción a la Ley del Consumidor.

¿Qué pasa si la institución no cumple?