AGENCIA UNO

Revelaron la identificación del empresario que negó el acceso al agua de sus tranques a brigadistas que combatían los incendios forestales en Yumbel, Región del Biobío.

Según informó Radio Biobío, se trata de Marcelo Alejandro Piccardo Lemus, quien es un conocido ingeniero constructor en Concepción y cuenta con participación en una docena de sociedades ligadas al mercado inmobiliario. De hecho, una corresponde a la constructora PDP, firma que fue parte de un largo litigio judicial tras el terremoto del 27/F para evitar la demolición de uno de sus edificios: El Plaza del Río, ubicado en Salas #1343.

Felipe Bru, piloto español, denunció que privados negaron que se les saque agua de sus piscinas mientras combatían los incendios en Yumbel, en ese momento el dueño del predio, Piccardo, no se encontraba en el lugar, pero negó por vía telefónica autorizar la recarga de las aeronaves en uno de los tranques que mantiene en su propiedad.

El pasado jueves, fue el propio ministro de Agricultura, Esteban Valenzuela, quien aseguró que el empresario se encontraba identificado por las autoridades, sin embargo, evitó entregar detalles que pudieran dar con su identificación.

El ingeniero constructor no ha entregado detalles respecto al caso, pero quien se refirió a los hechos fue su esposa, Virginia del Pino, quien aseguró que su cónyuge está “resolviendo” la situación, y afirmó que Piccardo no tiene interés en comunicarse con la prensa.

Asimismo, detalló que el ingeniero ya entregó su versión de los hechos mediante “otras vías”.

“Espero que tenga la sanción que merece”

En conversación con CNN Chile, el ministro Valenzuela se refirió a la situación del empresario de Yumbel: “Este señor fue a exponer a un juicio. Y es muy importante la agravante porque esto ocurrió en medio de un Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe”.

Y recalcó que “espero que tenga la sanción que merece”.

Por otra parte, recordó que “nuestro Código Penal es explícito de que en casos de catástrofe nadie puede negar el acceso al agua”, según lo establece en su artículo 269.

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