La empresa de transporte DiDi se refirió al reglamento de la Ley 21.553 que entregó el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (MTT) a la Contraloría General de la República (CGR), con modificaciones de sus exigencias originales.

En concreto, DiDi envió un documento a Contraloría señalando sus reparos sobre la Ley Uber, que tiene como objetivo regular a las empresas de aplicaciones de transporte.

Este es el tercer escrito que ingresa una empresa de ese mercado y que plantea reparos a la normativa, puesto que previamente lo habían hecho Uber y Cabify.

Qué apuntó la compañía:

  • Afectación a los derechos de las personas y que se establezcan normas que van más allá de lo normado por la misma Ley EAT.
  • El reglamento contraviene la Ley 19.628 sobre Protección de la Vida Privada al exigir información detallada sobre los viajes de los pasajeros, incluyendo datos que podrían identificar a las personas.
  • Obligación a las empresas de aplicaciones de transporte a compartir información sobre sanciones judiciales y ejecutoriadas que los Juzgados de Policía Local les hayan aplicado a ellas y a sus conductores, lo cual no está contemplado en la Ley EAT.
  • Limitación las garantías de los conductores y empresas al establecer procedimientos de impugnación restrictivo.

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Además, DiDi argumentó que se sobrepone a la ley EAT, debido a que las empresas de aplicaciones de transporte deben mantener información estadística para el cumplimiento y fiscalización de la ley, pero de manera que no permita la identificación de individuos.

No obstante, la compañía subrayó que el reglamento solicita información altamente detallada, como horarios específicos de solicitud y realización del viaje, coordenadas geográficas precisas y otros detalles minuciosos sobre el desplazamiento de las personas.

Esperamos que la Contraloría analice nuestros argumentos y confirme la ilegalidad del reglamento”, concluyó.

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