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El máximo tribunal acogió un recurso presentado por la Asociación del Retail Financiero y dejó sin efecto un oficio de Subtel que extendía la obligación a este tipo de comunicaciones. Los usuarios ya no podrán identificar estas llamadas por su prefijo.
La Corte Suprema eximió esta semana a las empresas del retail financiero de la obligación de usar los prefijos 600 y 809 al realizar llamadas de cobranza extrajudicial.
El fallo deja sin efecto un oficio de la Subsecretaría de Telecomunicaciones (Subtel) que extendía esa exigencia a este tipo de comunicaciones.
La resolución fue dictada por la Tercera Sala del máximo tribunal tras acoger un recurso de amparo económico presentado por la Asociación del Retail Financiero, que agrupa a firmas como Lider-Bci, Cencosud, CMR Falabella, Ripley e Hites, entre otras.
Los magistrados concluyeron que Subtel excedió sus atribuciones al intentar regular la cobranza extrajudicial bajo la categoría de llamadas comerciales masivas.
Según el fallo, este tipo de comunicación no constituye un servicio complementario de telecomunicaciones, sino una gestión directa entre acreedor y deudor una vez vencida una deuda.
Además, la Corte señaló que la cobranza extrajudicial ya cuenta con una regulación propia que establece normas sobre frecuencia, modalidad y contenido.
La norma de prefijos entró en vigencia el 13 de agosto de 2025 y obliga a las empresas a identificar sus llamadas masivas con el código 600, para comunicaciones solicitadas o esperadas, y con el 809, para contactos no solicitados.
El objetivo era permitir a los usuarios distinguir llamadas legítimas de posibles fraudes.
Con el fallo, las llamadas de cobranza del retail quedan fuera de esa identificación obligatoria, por lo que los usuarios que reciban este tipo de contacto no podrán reconocerlas por el prefijo.
Representantes del gremio señalaron que la decisión podría sentar precedente para que otras industrias soliciten exclusiones similares.
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