AGENCIA UNO

Después de más de dos horas de revisión, la Sala de la Cámara de Diputadas y Diputados rechazó la acusación constitucional en contra del ministro Carlos Montes tras acoger la cuestión previa.

El titular de Vivienda y Urbanismo era apuntado por parlamentarios de oposición de tener responsabilidad política por los presuntos hechos de corrupción ocurridos en el traspaso de recursos desde la Secretaría Regional Ministerial (Seremi) de la cartera en Antofagasta a Democracia Viva, fundación vinculada a militantes de Revolución Democrática (RD). Esto también ha sido denominado Caso Convenios.

La cuestión previa

Una vez iniciada la sesión en el hemiciclo, el abogado del ministro, Pablo Ruiz-Tagle, planteó la cuestión previa de la acusación constitucional, señalando la existencia de “problemas de forma y fondo” en el escrito.

Por ejemplo, dijo que el documento “no está paginado, las referencias no llegan a ninguna parte, las opiniones citadas en cursiva no se sabe a quién pertenecen, es una falta de cortesía a esta corporación, a la comisión, a la Cámara, el haber presentado el libelo en estas condiciones”.

Además, Ruiz Tagle señaló que la acusación se funda en una interpretación errada de los criterios de responsabilidad, “porque habla de responsabilidad objetiva. Dice que estos son los criterios que deben utilizarse en las acusaciones constitucionales, y se equivoca, y se equivoca también en forzar de manera amplia y antojadiza las causales consagradas en la Constitución, y no da cumplimiento a los requisitos que la Constitución exige para aceptar un documento como acusación constitucional”.

Luego de su intervención, se dio paso al pronunciamiento de los diputados que conformaron la comisión revisora de la acusación constitucional: Víctor Pino (IND), Cristián Labbé (UDI), Tomás Hirsch (AH), Emilia Nuyado (PS) y Natalia Romero (IND-UDI). En esta instancia, los oficialistas respaldaron los dichos del abogado de Montes, mientras que los opositores insistieron en la responsabilidad política del secretario de Estado.

Posteriormente, se votó acoger o no la cuestión previa. Como resultado, la Sala acogió la cuestión previa con 79 votos a favor, 61 en contra y una abstención.

De este modo, la corporación rechazó el libelo, ya que se entiende como no interpuesto.

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