SII anuncia medidas de alivio tributario para personas afectadas por incendios forestales en Ñuble y Biobío
Las medidas van dirigidas para contribuyentes de 16 comunas de las regiones de Ñuble y Biobío.
Las medidas van dirigidas para contribuyentes de 16 comunas de las regiones de Ñuble y Biobío.
El Servicio de Impuestos Internos (SII) anunció que adoptará medidas tributarias para apoyar a las personas afectadas por los incendios forestales en las regiones de Biobío y Ñuble.
La institución publicó la Resolución N° 14, la cual “condona los intereses y multas a las y los contribuyentes afectados por la catástrofe derivada de los incendios forestales que afectan a las regiones de Ñuble y Biobío, que no puedan pagar sus obligaciones tributarias en el plazo legal, debido a la grave situación que enfrentan”.
Esta medida beneficiará a contribuyentes de 16 comunas de Ñuble y Biobío, quienes podrán “declarar y/o pagar sus obligaciones tributarias mensuales (Formularios 29 y 50), y se otorgará en línea, al momento del envío de la declaración respectiva, dentro de un plazo que no podrá exceder el 28 de febrero de 2026”.
Esto se aplicará de manera automática luego de que los contribuyentes hagan envío en línea de la declaración respectiva en el sitio web del SII.
Las comunas beneficiadas son:
Ñuble: El Carmen, Quillón, Coelemu, San Ignacio, Pinto, San Fabián, Coihueco, San Nicolás y Ranquil.
Biobío: Laja, Florida, Concepción, Penco, Tomé, Coronel y Santa Juana
A ello se suma la “condonación de multas por pérdida de libros de contabilidad o documentos que sirvan para acreditar las anotaciones contables, para los contribuyentes ubicados en las zonas afectadas por la catástrofe”.
Otra de las medidas, bajo la Circular N° 4, es respecto a instrucciones previas sobre eventos de similar naturaleza a estos incendios.
Por ejemplo, el Servicio señaló que “dada la necesidad de mantener el desarrollo de las actividades económicas de las empresas en situaciones de desastre como esta, se podrán deducir como gastos necesarios para producir renta”.
Entre ellos:
Respecto a las donaciones para apoyar el combate a la emergencia, el SII recordó que hay una “serie de medidas que buscan agilizar beneficios tributarios a los que pueden acogerse los donantes que quieran efectuarlas en las zonas afectadas por la catástrofe”.
En esa línea, se señaló que las donaciones no requieren autorización ni aceptación previa, ni tampoco se aplica el límite de 250 UTM cuando son donaciones en especie o dinero en situaciones de emergencia o calamidad pública.
El SII recordó también la aplicación de un procedimiento especial que permite a contribuyentes “contar con un plazo de hasta 6 meses para informar al SII las pérdidas de existencias en el inventario, en la Unidad del SII correspondiente a su domicilio”.
Las medidas van dirigidas para contribuyentes de 16 comunas de las regiones de Ñuble y Biobío.