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En el marco del caso entre Chile y Bolivia, la Corte Internacional de Justicia (CIJ) de Naciones Unidas, en La Haya (Países Bajos), declaró este jueves que el Silala es un río de cauce internacional y que el país tiene derecho a su uso equitativo y razonable.

En la instancia estuvieron presentes la subsecretaria de Relaciones Exteriores y agente chilena ante La Haya, Ximena Fuentes, junto a la coagente Carolina Valdivia. Mientras que el presidente Gabriel Boric; la ministra de Relaciones Exteriores, Antonia Urrejola; el presidente (s) de la Corte Suprema, Sergio Muñoz; y un grupo de parlamentarios siguieron la lectura desde el Palacio de La Moneda.

¿Qué dijo la Corte?

En la audiencia, la jueza y presidenta de la CIJ, Joan Donoghue, indicó que “la Corte constata que Bolivia reconoce que las aguas del Silala se clasifican como un curso de agua internacional”.

“También consta que mantiene que las características únicas del rio deben tenerse en cuenta a la hora de aplicar las normas del derecho internacional consuetudinario”, agregó.

Por otra parte, la CIJ sostuvo que “durante el procedimiento (judicial) quedó claro que las partes concuerdan que en ese principio se aplica a toda el agua del Silala, independiente de su característica natural o artificial y que las partes acuerdan que tienen derecho al uso equitativo y razonable según el derecho internacional consuetudinario”.

Respecto a la obligación de Bolivia de cuidar y prevenir daño ambiental en el río, la CIJ consideró que “en el curso del procedimiento las partes han concordado en cuanto al fondo de la alegación de Chile. Así pues, concluye que la alegación ya no tiene objeto y que no debe pronunciarse sobre ella“.

La Corte también indicó en la audiencia que Chile no debe indemnizar a Bolivia “por el uso de las aguas en el pasado”.

Ex canciller Muñoz valora fallo en La Haya

El ex ministro de Relaciones Exteriores y partícipe inicial de la demanda contra Bolivia, Heraldo Muñoz, comentó en análisis con CNN Chile que “la Corte decide no pronunciarse, porque Bolivia en definitiva cambió el caso“.

“En primer lugar, lo fundamental para Chile era el reconocimiento de que el Silala es un río internacional y la Corte dice que claramente es un curso de agua internacional, y que como Bolivia se allanó a esa postura que originalmente rechazaba, entonces no hay objeto para pronunciarse sobre algo en que las partes están de acuerdo”.

“Luego menciona algo muy importante, y es que no hay diferencia entre un curso de agua natural versus artificial. Eso es muy importante para nuestro país, y establece que efectivamente corresponde un uso razonable y equitativo, cuestión que Chile también pedía y como Bolivia después dijo que estaba de acuerdo con ese concepto, bueno, no hay diferencia entre las partes”.

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