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El incumplimiento del pago reiterado de pensiones alimenticias podría ser considerado como violencia intrafamiliar, según lo que estableció la Comisión de Mujer del Senado dentro del análisis que precisamente busca modificar esta ley.

En conversación con CNN Chile, la senadora Isabel Allende (PS), presidenta de dicha instancia, expresó que “quisiera destacar que este es un mensaje que manda el Ejecutivo, un compromiso que se había adquirido en cuanto a que tenemos que encontrar una forma de legislar que incentive el pago de las pensiones”.

“Es vergonzoso, en nuestro país el 85% de los padres no paga las pensiones alimenticias, obviamente pasando a llevar el interés superior del niño y dejando a las mujeres en una situación de menoscabo”, dijo.

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La legisladora aseguró que “es una situación francamente humillante y habla muy mal de esta sociedad, la irresponsabilidad de padres que una vez que se separan u ocurre algo, simplemente abandonan su sentido de responsabilidad, lo que tienen que hacer es proveerle el alimento a sus hijos”.

Allende explicó que la iniciativa “crea un Registro Nacional de Deudores y una serie de medidas para aquellos que estén en este registro, que obviamente va más allá de las que teníamos actualmente, como es no salir del país, que no tenga pasaporte o licencia de conducir, no recibir bonos, no recibir devolución de impuestos, si llegar a tener un ascenso un trabajador del servicio público, no podrá asumir el ascenso mientras no se compruebe que no tiene una deuda pendiente, entre otras”.

“Además de eso agregamos a la violencia hacia la mujer la violencia económica, que es precisamente el no generar los recursos hacia los hijos, hacia la mujer, poniéndolos en una situación de menoscabo y haciéndolo evidentemente con un interés de dominar, de dolo, de menoscabar, de perjudicar”, indicó.

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La parlamentaria detalló que este tipo de situaciones serán evaluadas por los tribunales de familia y, en caso de ser catalogadas así, se pueden aplicar multas desde las 15 UF. En tanto, pasa a ser delito “cuando se transforma en habitual, es decir, cuando puede estar más de 120 días en el Registro”.

“Para estar en el registro son tres cuotas continuas o cinco discontinuas, hay evidentemente una intención de no reparar aquellos”, añadió.

Finalmente, señaló que para dichos casos las penas van entre 60 días a 3 años de reclusión y que “es lamentable tener que acudir a este tipo de sanciones”. 

Necesitamos que haya más conciencia como sociedad, me parece increíble que haya padres que, el hecho de que haya terminado una relación de pareja, no puede implicar que usted no se haga responsable de la mantención de sus hijos, eso es un daño mayor y aquí estamos velando por el interés superior del niño”, cerró.

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