AGENCIA UNO

El Ingreso Mínimo Garantizado (IMG) es un subsidio que ayuda de manera económica a los trabajadores dependientes con jornadas laborales ordinaria, es decir, de 30 a 45 horas, para que puedan aumentar su salario líquido mensual y este alcance los $340.817 que establece la ley.

El subsidio para alcanzar un IMG permite a los trabajadores recibir un apoyo monetario de hasta $66.893, dependiendo de su ingreso bruto.

En el contexto del proyecto que busca elevar al salario mínimo a $400 mil de manera progresiva, el Gobierno, a través del Ministerio de Desarrollo Social y Familia, anunció modificaciones en la postulación del beneficios, las cuales consideran a los empleadores y se están haciendo efectivas a partir de mayo.

A grandes rasgos, las indicaciones señaladas por la Subsecretaría de Servicios Sociales dicen que cada empleador debe postular a sus trabajadores en el subsidio y que debe actualizarse de forma mensual, donde se dispondrá una planilla en el sitio web oficial del IMG.

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¿Cuáles son los requisitos?

  • Ser trabajador dependiente.
  • Tener contrato suscrito al Código del Trabajo.
  • Tener un sueldo bruto menor a $452.477 pesos.
  • Tener contrato de jornada ordinaria, es decir, superior a 30 horas y hasta 45 horas semanales.
  • Tener calificación socioeconómica dentro del tramo del 90% de acuerdo con el Registro Social de Hogares (RSH).

¿Qué se necesita para hacer el trámite?

Postulación hecha por empleador o empleadora:

  • Para la postulación en línea, el empleador debe tener clave tributaria del SII.
  • Correo electrónico de cada trabajador o trabajadora.

Postulación realizada por la persona trabajadora:

  • Número de documento de la cédula de identidad.
  • Correo electrónico.

Detalles a considerar

El empleador está en la obligación de postular e informar al o los sindicatos constituidos en la empresa y a sus trabajadores en general sobre los contenidos y requisitos de postulación al Ingreso Mínimo Garantizado (IMG), a través de cartillas que emita la autoridad o informaciones que se publiquen en lugares visibles de la empresa, entre otros medios.

También, si el trabajador recibía el Subsidio al Empleo Joven (SEJ) o el Bono al Trabajo de la Mujer (BTM), no podrá recibirlos junto con el subsidio para el IMG. En esos casos, solo recibirá el subsidio para el IMG. Sin embargo, si por los otros subsidios habría recibido más, se le pagará la diferencia a favor en el proceso de liquidación del año siguiente.

Hasta el día 15 de cada mes, en la Sección Empleadores se encuentra habilitada la opción para que tu empleador te postule al Subsidio Ingreso Mínimo Garantizado. La postulación para trabajadores se abrirá el 16 de cada mes.

¿Dónde realizar el trámite?

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