De acuerdo a la normativa chilena, cada 1 de enero es feriado irrenunciable, es decir, el comercio tiene la obligación de no atender al público a menos que lo hagan sus propios dueños. Sin embargo, tras una fiscalización de la Dirección del Trabajo (DT), se cursaron multas a 17 empresas por no respetar el día inhábil.

Este lunes el organismo monitoreó a 47 compañías, las cuales no concedieron el festivo obligatorio e irrenunciable para el comercio. De ellas, 17 fueron sancionadas con 23 multas que llegan a las 190 UTM, equivalente a $12.285.540. 

Además, el departamento de Inspección suspendió a 37 trabajadores por encontrarse en labores, y a otros tres por no estar descansando, pese a que les correspondía. Por ello, se cursaron multas de 75 UTM, equivalente a $4.849.950.

El director del Trabajo, Pablo Zenteno, sostuvo que “desde 2016 está vigente una norma que señala que los trabajadores que estén exceptuados del feriado obligatorio e irrenunciable sí tendrán derecho a tomar descanso a lo menos una vez cada dos años si continúan contratados por el mismo empleador. Por ejemplo, si un trabajador laboró el 1 de enero de 2023, y continúa trabajando para el mismo empleador, esta vez le correspondía descansar”.

En concreto, la Región de Los Ríos fue la que concentró el mayor número de trabajadores de comercio que estaban en labores a pesar de que no debían hacerlo, con un total de 16 en 7 inspecciones. Seis de ellas terminaron en multas por un monto de $5.819.940.

Por su parte, en la zona oriente de la Región Metropolitana se registró la mayor cantidad de multas por no respetar el feriado alternado. De 19 fiscalizaciones, se multó a 18 por un monto de $3.879.960.

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