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El Servicio Electoral (Servel) entregó información sobre voto asistido y medidas especiales para personas con discapacidad de cara a la elección del Consejo Constitucional que se llevará a cabo este domingo 7 de mayo.

“Esto obedece a la legislación, así como también a un convenio entre ambas instituciones firmado el año pasado y a la relevancia que tiene el dar acceso a la información y al sufragio a todas y todos“, afirmó el presidente del Servel, Andrés Tagle.

Asimismo, el ministro de Desarrollo Social, Giorgio Jackson, destacó que “cerca de 2 millones 700 mil personas mayores de 18 años tienen discapacidad en nuestro país y su derecho al voto debe ser garantizado. Debemos derribar las barreras que obstaculicen eso”.

Voto asistido y medidas para personas con discapacidad

En el caso de las personas con alguna discapacidad, estas podrán ser acompañadas hasta la mesa por otra persona que sea mayor de edad, y optar por ser asistidas en el acto de votar. En ese escenario, tanto el nombre de la persona que hace uso del voto asistido como de quien lo asiste, debe quedar en el acta de la mesa.

Además, aclararon que en ningún caso una misma persona podrá asistir a más de un elector en la misma mesa receptora, salvo que se trate de un pariente.

Para facilitar el voto de personas con discapacidad visual, Servel dispondrá en cada local plantillas ranuradas que sirven para marcar la preferencia deseada sobreponiendo la plantilla a la cédula. Lo mismo ocurrirá con las plantillas braile.

En ese sentido, el organismo puntualizó en que “el elector con discapacidad puede tardar un tiempo razonable dentro de la cámara secreta y no se restringe dicho tiempo”.

A su vez, se explicitó que solo en casos de personas con discapacidad que no puedan ingresar a la cámara secreta, la mesa podrá aceptar que voten fuera de ella, pero adoptando todas las medidas para mantener en secreto el voto.

En el caso de las personas con discapacidad que no asistan acompañadas a ejercer el voto, será el presidente de la mesa quien, a requerimiento del elector, asistirlo para doblar y cerrar con el sello adhesivo el voto, labor que se realizará afuera de la cámara. Este hecho deberá quedar constatado en el acta.

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