Dentro de poco comenzará a pagarse el Beneficio por Años Cotizados, cuyo fin es ser una retribución por la cantidad de años de trabajo.
Este es un aporte mensual adicional que pagará a los pensionadas por vejez o invalidez en AFP o compañía de seguros que tengan 65 años o más.
En concreto, consiste en el pago de 0,1 UF por años cotizados, con un tope de 25 años, es decir, 2,5 UF, unos $100.000 aproximadamente.
¿Quiénes recibirán el Beneficio por Años Cotizados?
- Las personas pensionadas de vejez o invalidez en una AFP o compañía de seguros con 65 años o más y que hayan cotizado al menos 10 años en el caso de las mujeres o 20 años en el caso de los hombres.
- El requisito de cotizaciones aumentará de forma gradual para las mujeres desde enero de 2028, cuando se exigirá un mínimo de 132 meses cotizados.
- Luego, este requisito crecerá en 12 meses adicionales por cada 24 meses transcurridos, hasta llegar a los 180 meses de cotización.
¿Cuándo se comienza a pagar el Beneficio por Años Cotizados?
- El pago del Beneficio por Años Cotizados se comenzará a realizar desde enero de 2026 para todas las personas que ya estén pensionadas y cumplan con los requisitos.
- Las personas que se pensionen después de enero de 2026 comenzarán a recibir el beneficio junto con su pensión.
- Quienes ya estén pensionados pero todavía no cumplen los 65 años, el pago del Beneficio de Años Cotizados se entregará cuando cumplan la edad indicada desde enero de 2026.
¿Cómo se calcula el pago del Beneficio por Años Cotizados?
- El cálculo del pago del Beneficio por Años Cotizados se realiza de la siguiente forma:
- Para pensionados al 31 de julio de 2025: El cálculo considera las cotizaciones en su cuenta individual hasta esa fecha. El pago comienza en enero de 2026, siempre que tengan 65 años o más, y si cumplen 65 años tras esa fecha, el pago se activa el mes de su cumpleaños.
- Para personas que pensionen en 2026: El cálculo se hará sumando en el siguiente orden: Primero, cotizaciones al Seguro Social Previsional (SSP) desde agosto de 2025, seguida de cotizaciones en su cuenta individual hasta el 31 de julio de 2025 y, tercero (si es necesario), períodos de bonos de reconocimiento (IPS, Dipreca, Capredena).
¿Se debe postular Beneficio por Años Cotizados?
- Para recibir el Beneficio por Años Cotizados no es necesario postular, ya que al pensionarse a través del sistema de AFP o compañía de seguros, la persona pasa a ser beneficiaria automáticamente.
- El beneficio se pagará por el IPS junto a la pensión autofinanciada y considera, si corresponden, descuentos por impuestos y cotizaciones de salud.
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