En un fallo unánime, el tribunal declaró inocente a Jorge Escobar por la desaparición del menor. “La sola acción de haber dejado al niño sin observación no configura el tipo penal de abandono”, dijo el juez Ricardo Piña.
Este miércoles, la justicia decidió absolver a Jorge Escobar Escobar, tío abuelo de Tomás Bravo, del delito de abandono del menor con resultado de muerte.
¿Por qué absolvieron a tío abuelo de Tomás Bravo?
El Tribunal Oral de Cañete, en un fallo unánime, decidió declarar inocente a Escobar por la desaparición del niño de tres años, quien fue encontrado muerto nueve días después.
El juez Ricardo Piña estableció que no se configuró el delito de abandono de menor con resultado de muerte. Además, no se acreditó el dolo, es decir, la intención de abandonarlo.
“La sola acción de haber dejado al niño sin observación no configura el tipo penal de abandono. No se manifestó ningún antecedente que permita advertir que el acusado haya podido prever que el niño corría algún peligro por haber estado solo”, sostuvo.
De acuerdo con el magistrado, las circunstancias objetivas del hecho “impiden inferir que el acusado haya conocido y consecuencialmente, querido, generar una situación de riesgo para el niño, por lo que no se configura el dolo exigido por el tipo penal”.
“Era un lugar abierto que tenía desechos forestales solo en las orillas; era un lugar que el niño ya conocía, porque había ido en varias oportunidades a buscar las vacas y desechos de pino”, afirmó, agregando que cuando ocurrió el hecho había luz de día y era pleno verano.