Seguro de Cesantía: ¿Cómo y cuándo solicitarlo tras quedar sin trabajo?

Por Arelí Zúñiga

16.06.2024 / 17:34

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El beneficio, gestionado por la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), permite a los afiliados retirar recursos de su Cuenta Individual de Cesantía (CIC), mientras se encuentran buscando empleo. Revisa aquí todos los detalles.


Los trabajadores que hayan quedado desempleados por finalización de contrato, renuncia o despido cuentan con una alternativa que podría facilitarle —al menos por un tiempo— la búsqueda de un nuevo empleo; el seguro de cesantía.

¿Qué es el Seguro de Cesantía y cómo solicitarlo?

El Seguro de Cesantía es un beneficio que protege a los trabajadores afiliados a la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) en caso de quedar cesantes por renuncia, despido o fin del contrato. Este seguro permite a los afiliados realizar retiros de los recursos depositados en su Cuenta Individual de Cesantía (CIC).

 

Seguro de Cesantía: ¿Cómo y cuándo solicitarlo tras quedar sin trabajo?

¿Cuándo se puede solicitar el Seguro de Cesantía?

Según la AFC, los afiliados pueden solicitar el Seguro de Cesantía en cualquier momento después de quedar cesantes, sin un plazo límite para hacerlo.

Una vez realizada la solicitud, la AFC responderá en un plazo de 5 días hábiles informando sobre la aprobación, el monto de los giros y el calendario de pagos, o en caso de rechazo, las razones del mismo.

Cabe recordar que la afiliación al Seguro de Cesantía es automática para trabajadores mayores de 18 años contratados después del 2 de octubre de 2002.

Además, esta responsabilidad recae en el empleador, conforme a las regulaciones del Código del Trabajo y el Estatuto de Asistentes de la Educación Pública.

Para verificar el estado de afiliación, se debe ingresar al sitio web de la AFC en el siguiente enlace: Consulta estado de afiliación.