MARCELO BENITEZ/AGENCIAUNO

La Séptima Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó este jueves la orden de no innovar solicitada por el abogado Mario Vargas, representante del Luis Hermosilla, quien es investigado por en el marco de Caso Audios.

Esto luego de que el abogado presentara un recurso de protección que buscaba que el Consejo de Defensa del Estado (CDE) no tuviera acceso al informe de los chats de Hermosilla que mantiene el Ministerio Público.

Con esto, la petición no podrá realizarse y la Corte deberá pronunciarse sobre el fondo del recurso interpuesto por Vargas.

Corte declara admisible recurso de reposición

Esta decisión llega luego de que la misma instancia acogiera esta semana el recurso de reposición presentado por el abogado Mario Vargas, tras su rechazo el pasado 5 de abril.

“Se acoge el recurso de reposición presentado por el abogado Mario Andrés Vargas Cociña, en consecuencia, se deja sin efecto lo resuelto el cinco de abril del año en curso y, en cambio, se declara admisible el recurso de protección“, sostuvo la resolución.

La Corte de Apelaciones también ordenó solicitar informes al CDE y al Ministerio Público, los que deberán ser remitidos en un plazo máximo de 5 días, y derivar al tribunal todos los antecedentes que posean sobre las razones que generó el recurso de protección original.

Esta nueva acción legal, acogida solo con un voto en contra, pretende que sea la Corte Suprema la que resuelva la tramitación del recurso.

Recurso de protección inicial

Mario Vargas, defensa del abogado Luis Hermosilla, interpuso recurso de protección para evitar que el CDE solicite y acceda a las conversaciones de la aplicación de mensajería instantánea WhatsApp de su cliente.

La acción judicial de Vargas ocurrió luego de que el presidente del órgano público, Raúl Letelier, dijo a CNN Chile que, como entidad, solicitarán acceso al informe de más de 770.000 páginas de extracción del celular de Hermosilla.

También, buscaba que el Ministerio Público se abstuviera de entregar la información mencionada a cualquier tercero.

El requerimiento enfatizaba que las conversaciones con Luis Hermosilla abarcan “distintos temas, desde asuntos personales hasta intercambios de opiniones, así como situaciones relacionadas con clientes defendidos conjuntamente”.

Además, subrayó que estas comunicaciones no guardan relación con los hechos investigados y están protegidas por el secreto profesional, por lo que acceder a ellas constituiría una infracción a este derecho.

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