Debido a la crisis económica derivada del COVID-19, una de las preocupaciones que se acerca con el mes de septiembre es qué sucederá con el pago del aguinaldo correspondiente a las Fiestas Patrias 2020. 

Se trata de una bonificación económica establecida por ley para el sector público y que no es obligatoria en el sector privado.  Aún así, existen cláusulas que podrían obligar a una empresa a mantener este beneficio a sus trabajadores.

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Sector público

En este sector, quienes recibirán este beneficio son los trabajadores que al 31 de agosto del año 2020 desempeñen cargos de planta o a contrata en las entidades estatales.

Los montos son los siguientes:

  • El monto del aguinaldo será de $74.516 para los trabajadores cuya remuneración líquida, que les corresponda percibir en el mes de agosto del año 2020, sea igual o inferior a $773.271.
  • El monto de aguinaldo será de $51.727 para aquellos cuya remuneración líquida supere los $773.271.

De acuerdo a lo establecido en la ley, la remuneración liquida se entenderá como el total de los montos de carácter permanente correspondientes a dicho mes.

Dentro de lo anterior, se excluyen las bonificaciones, asignaciones y bonos asociados al desempeño individual, colectivo o institucional, y se considera la sola deducción de los impuestos y de las cotizaciones previsionales de carácter obligatorio.

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¿Qué pasa con el sector privado?

Pese a que no es obligatorio, la mayoría de las empresas del sector privado entrega algún tipo de bonificación a sus empleados.

En ese sentido, la Dirección del Trabajo (DT) indicó que el pago de aguinaldo pasa a convertirse en “derecho adquirido” una vez que este pago se realiza de manera periódica por parte del empleador.

Debido a lo anterior, el beneficio podría considerarse como una obligación a reclamar por parte de los trabajadores.

En tanto, si el pago del aguinaldo se encuentra pactado en un contrato de trabajo o acuerdo colectivo de la empresa, también corresponde a una obligación para la compañía.

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Pensionados

Las personas que ya se encuentren jubiladas y perciban una pensión también podrán acceder a este beneficio que, según detalló el Instituto de Previsión Social (IPS), este año será de $20.082 por persona.

El organismo detalló que “el monto del aguinaldo podrá incrementarse en $10.303 por cada carga familiar que tenga acreditada el pensionado al 31 de agosto del año 2020″.

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