Agencia Uno

La Cámara de Diputados ha aprobado y enviado al Ejecutivo un proyecto de ley que redefine las reglas legales relacionadas con la condición de refugiado y los procedimientos vinculados a su solicitud y aceptación.

El texto fue revisado tras los acuerdos alcanzados en una comisión mixta que superó los desacuerdos entre la Cámara y el Senado, especialmente en la definición de la condición de refugiado.

Con las enmiendas aplicadas, la normativa establece que solo tendrán derecho a que se les reconozca la calidad de refugiado aquellos que lleguen directamente desde el territorio donde su vida o libertad esté amenazada. Se define que llegan directamente quienes lo hagan en un viaje con escalas, siempre que la estadía en un tercer país no exceda los 60 días, con la posibilidad de extensión en casos calificados.

La calidad de refugiado se otorgará a quienes cumplan con criterios como el inminente peligro en el país de origen, la persecución política del solicitante que ponga en riesgo su vida, libertad e integridad física, y la ausencia de solicitudes similares ante otros Estados.

El Servicio Nacional de Migraciones (Sermig) establecerá criterios adicionales mediante resolución de la Subsecretaría del Interior.

El proyecto también incorpora cambios a la Ley 20.430 sobre protección de refugiados y ajustes a la Ley 21.325 de migración y extranjería.

La Comisión Mixta decidió eliminar disposiciones relacionadas con procedimientos y la modificación de la distancia del control fronterizo por resolución fundada. El foco del proyecto es mejorar el reconocimiento y la protección de la condición de refugiado en Chile.

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