{"multiple":false,"video":[]}

El modelo y ex concejal de la UDI por Estación Central, Patricio Laguna, fue tendencia el redes sociales durante la tarde de este viernes.

Todo por la filtración de un video en donde aparece teniendo relaciones sexuales con su ex pareja, Yanina Halabi.

Laguna anunció que revisará la situación con su abogada para determinar los pasos a seguir, por lo cual no se descarta que tome acciones legales.

¿Qué dice la ley?

Respecto a la filtración de fotos íntimas, nada.

A través del tiempo, y con el surgimiento de otros casos de personas del espectáculo siendo víctimas de publicaciones sin consentimiento, parlamentarios han hecho hincapié en cambiar la normativa vigente.

Actualmente rige la ley N°19.223, que tipifica figuras penales relativas a la informática. No ha cambiado en nada desde 1993.

La ley actual no hace alusión a los delitos que utilizan medios ciberéticos que existen hoy. De hecho, muchos de esos ilícitos hoy son penados porque están tipificados en otras leyes de manera más general, como la pornografía infantil y las estafas.

Y a la fecha son varios los intentos por remediarlo que se han presentado en la Cámara de Diputados:

  • Junio de 2002: Llegó a segundo trámite. Está archivado.
  • Agosto de 2010: Está en primer trámite.
  • Abril de 2015: Está en primer trámite.
  • Junio de 2015: Está en primer trámite.
  • Junio de 2018: Está en primer trámite.

A mediados de agosto del año pasado, el Gobierno comunicaba que enviaría una propuesta al Congreso que buscaba sancionar específicamente cuestiones como captar visual y sonoramente información sin consentimiento o la difusión de este material.

Violación de intimidad

Pese a lo que dice la norma, distintas organizaciones han cuestionado la forma de actuar de las personas a la hora de encontrarse con material sensible que puede dañar la imagen de personas públicas. 

Una de ellas es el Observatorio Contra el Acoso Callejero, agrupación que salió en defensa de Karen Bejarano cuando robaron y difundieron fotos íntimas de su celular.

“Es difícil que Carabineros, la PDI o Fiscalía hagan de estos hechos constitutivos de delito, a no ser que sean menores de edad. Lo único que se puede hacer es apelar a que la gente no difunda estas cosas. Porque no solamente es culpable quien difunde, sino también quien retwittea o quien se hace parte de difundir el material”, dijeron por aquel entonces a El Desconcierto.

Es así como en este caso, al igual que en ocasiones anteriores, la falta de fiscalización en las redes sociales permite que estos contenidos obtenidos sin el consentimiento de los involucrados sean difundidos en Internet sin control.

Sin embargo -y en medio del enjuiciamiento público en Twitter sobre lo que vieron de quienes fueron pareja- hay quienes hacen público el reproche más allá de lo que dice la ley:

Tags:

Deja tu comentario