Agencia Uno.

El Cuarto Juzgado de Garantía declaró inadmisible la querella presentada por el alcalde de Recoleta, Daniel Jadue, en contra de los periodistas de La Tercera, Leslie Ayala, y su director, José Luis Santa María.

El jefe municipal presentó una querella en contra de Santa María y Ayala por los delitos “injurias y calumnias por medios de comunicación social”, tras un reportaje que detallaba que el militante del PC sería formalizado por la Fiscalía Centro Norte, debido a su presunta participación en la solicitud de sobornos a Best Quality Spa.

Dicha empresa abasteció a la Asociación Chilena de Municipalidades con Farmacias Populares (Achifarp), representada por Jadue, con diversos insumos médicos como mascarillas y alcohol gel durante la pandemia. El acuerdo implicaba un pago de más de $900 millones parte de los municipios.

El fallo de la magistrada Andrea Osorio, del Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago, determinó que la información recopilada en el reportaje no son injuriosas en contra de Jadue, y que el Ministerio Público se encuentra realizando una investigación penal en su contra. Sin embargo, aún no ha sido formalizado por existir diligencias pendientes.

“Es posible asentar que las aseveraciones que se estiman injuriosas por el querellante, son proferidas en el contexto de un reportaje o artículo periodístico que pretende informar al público respecto de un hecho y de una investigación penal en contra de un alcalde y que reviste un interés social, fundado en información que habría sido obtenida de distintas fuentes, sin que se advierta de modo alguno que los periodistas desarrollaren en este artículo de modo mendaz con el único y/o último propósito de injuriar al señor Jadue“, consignó el fallo.

También, destacó la magistrada que el alcalde Jadue pudo haber ejercido su derecho a réplica si consideraba que la pieza noticiosa ofendía o afectaba su reputación.

“Incluso si no se asentare que no era efectiva la información en cuanto a la supuesta fecha de formalización; refuerza dicha conclusión lo dicho por el propio querellante en su libelo, quien reconoce que había una investigación penal en curso y que el Ministerio Público no formalizaría por existir diligencias pendientes, de manera tal que atribuye un actuar doloso y mendaz a los periodistas querellados, baso en el único hecho de no haber sido su representado finalmente formalizado” concluyó.

Revisa el fallo del Cuarto Juzgado de Garantía

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