Este lunes, la justicia confirmó la sanción que recibió a la Sociedad Isapre Colmena Golden Cross SA por enviar correos a sus afiliados, en los que alertaban supuestos “efectos” que tendría el pasado proceso constitucional sobre el sistema de salud.

La Corte de Apelaciones de Santiago desestimó que la autoridad fiscalizadora haya actuado arbitrariamente al sancionar a la empresa por extralimitarse en la información que, por ley, está autorizada a entregar a los afiliados y afiliadas.

Los magistrados estimaron que lo señalado en el correo “excede con creces los límites de la información relevante que esa institución de salud previsional podía comunicar a sus afiliados, siendo que esta se limita a materias fundamentales de los contratos, (…) así como las actividades que sean afines o complementarias de ese fin”.

“Por otro lado, cabe destacar que el afiliado tiene una relación asimétrica respecto de la Isapre, y que lo anterior conlleva una responsabilidad de las Isapres en limitar sus actos únicamente a las materias permitidas por su objeto legal, máxime si se trata de un mercado regulado que cumple las funciones ya descritas precedentemente”, añadieron.

En esta línea, detallaron que, además, la Isapre “formuló una interpretación extendida respecto de un hecho futuro e incierto, como lo fue la eventual existencia de un seguro universal de salud y además, procedió a determinar prematuramente sus efectos, lo que extralimita las potestades con las que cuenta en dicha materia”.

Finalmente, señalaron que el ente fiscalizador tuvo en consideración, al momento de dictar los actos reclamados, que la Isapre “se apartó de la normativa legal y se le reprochó, además, que la utilización del correo del afiliado es restringida y que se empleó esa información relevante para efectuar una comunicación cuyo contenido excedía las materias relacionadas con el contrato de salud”.

¿Qué decía el correo enviado por la Isapre?

En el correo electrónico titulado “Información importante. Discusión Constitucional Abril 2022”, la institución afirmaba que el pleno de la Convención Constitucional “aprobó la creación de un ‘Sistema Nacional de Salud’ de carácter universal y público, al que deberán pertenecer todos los chilenos“.

“El nuevo ‘Sistema Nacional de Salud’ se financiará con rentas generales de la nación y la ley podrá establecer, para este fin, un cobro obligatorio de cotizaciones a empleadores y trabajadores. Lo anterior significa que la ley podrá determinar que todo o parte de tu cotización de salud se destine al financiamiento de este sistema público. Por lo que, si deseas continuar con un seguro de salud privado que te brinde cobertura para atenderte en clínicas y prestadores privados de tu elección, probablemente deberás aportar dos veces: una para financiar de manera obligatoria el sistema público y otra para adquirir el seguro privado que elijas”.

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