Agencia UNO

Luego de que la Contraloría emitiera un informe en el que se reveló una serie de irregularidades en la entrega de pensiones de gracia, una de las aristas que se abrió fue la acreditación que hizo el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) de los daños que acusaron sufrir los postulantes al beneficio.

En el documento se evidenció una serie de casos que no presentaban antecedentes médicos o respaldos que acreditaran el relato de los presuntos afectados en el marco del estallido social. De acuerdo al ente contralor, el INDH no realizó “las indagaciones adicionales a los documentos entregados inicialmente por la víctima, para verificar los hechos relatados, situación que resulta relevante, pues el DAS, de la Subsecretaría del Interior, tampoco efectuó una verificación adicional de la información que remite en cada expediente ese Instituto”.

En ese sentido, esta jornada el subsecretario del Interior, Manuel Monsalve, responsabilizó al organismo por la falta de certificados, ya que el INDH “es el encargado de solicitar los antecedentes médicos”, dijo.

Sin embargo, un oficio enviado el 23 de septiembre de 2022 por parte de la directora del Instituto, Consuelo Contreras, al presidente Gabriel Boric advertía que no podían seguir acreditando las afectaciones de los postulantes para acceder al beneficio.

“Representa un riesgo para la autonomía del Instituto”

En el documento se señala que “por medio del presente tengo a bien informarle sobre la imposibilidad que asiste al Instituto Nacional de Derechos Humanos para efectuar la acreditación del padecimiento de ‘menoscabo permanente, completo o parcial, de su capacidad de trabajo’ en víctimas de violaciones a los derechos humanos ocurridas desde el 18 de octubre de 2019 en adelante, que solicitan al Presidente de la República acceder a pensiones de gracia”.

Asimismo, Contreras le informó al mandatario que el INDH “le es posible acreditar la condición de víctimas de violaciones a los derechos humanos de los casos conocidos en el ejercicio de sus funciones como órgano de promoción y protección de los derechos humanos, con independencia del resultado de las acciones para poder acreditar circunstancias de esta índole”, no así para “las consecuencias físicas derivadas de estos hechos“.

En ese sentido, el Instituto no cuenta con las capacidades técnicas ni expertise en la materia para poder acreditar circunstancias de esta índole“, informó.

Por otra parte, la directora del organismo planteó que “la inclusión de nuevas funciones y atribuciones por medio de cuerpos legales distintos a la Ley 20.405, como la citada Ley de Presupuesto, representa un riesgo para la autonomía del Instituto, toda vez que impone obligaciones no establecidas por la ley que le rige“.

 

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