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Este miércoles, la Contraloría General de la República (CGR), respondió la solicitud de los diputados Gloria Naveillán, Cristian Labbé y Cristhian Moreira respecto al acuerdo suscrito entre Chile y Venezuela para la colaboración policial debido a la crisis de seguridad y migratoria.

Tras los análisis, el organismo determinó que el Ministerio del Interior y Seguridad Pública (MISP) si está facultado, en su calidad de órgano de la Administración del Estado, para celebrar convenios interinstitucionales de carácter internacional con entidades extranjeras, que incidan en asuntos de su ámbito de competencia.

La Contraloría determinó que la cartera de Interior tiene facultados para celebrar acuerdos interinstitucionales de carácter internacional con entidades extranjeros, mientras incidan en materias de su competencia.

Por tanto, la Contraloría concluyó que la cartera de Interior “se encontraba facultado para suscribir el convenio en análisis, toda vez que acuerdo de voluntades incide en materias de su competencia, no comprende materias propias de ley, no se refiere a asuntos incompatibles con la política exterior del país” y argumentó que “los derechos y obligaciones que de aquel se derivan son asumidos exclusivamente por la secretaría de Estado que lo suscribe y la PDI, conforme a las reglas generales”.

La solicitud

Los parlamentarios de oposición requirieron que se estableciera la naturaleza jurídica, ya que argumentaron que esto al tratarse de un acuerdo internacional se exige la aprobación del Congreso.

En ese sentido, el organismo específico que el 15 de diciembre de 2023, el Ministerio del Interior y Seguridad Pública (MISP) se remitió al Ministerio de Relaciones Exteriores (Minrel) el proyecto de convenio a celebrar con Venezuela, en materia de colaboración policial y a su vez obtener su pronunciamiento sobre su compatibilidad con la política exterior de Chile, según lo dispuesto en el artículo 35, inciso segundo, de la ley N° 21.080.

Por su parte, el Minrel, a través de su Secretaría General de Política Exterior, informó al MISP que “la propuesta de convenio no contenía elementos que contravinieran la política exterior”.

Una vez hecho este trámite, a través de su decreto exento N° 639, de 16 de febrero de 2024, aprobó el convenio suscrito el 18 de enero del mismo año con ministerio venezolano.

“Teniendo en cuenta el recrudecimiento de la delincuencia organizada transnacional, pacta con su contraparte la mutua colaboración, a fin de facilitar el intercambio de la información necesaria para la investigación de delitos que son expresión de la criminalidad organizada”, argumentó el organismo.

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