Un fallo que invalida el sobreseimiento por acoso sexual del sacerdote y profesor de Teología de la Pontificia Universidad Católica, Rodrigo Polanco Fermandois, ordena al plantel realizar un nuevo sumario y lo cuestiona por invisibilizar la violencia de género fue el que emitió el viernes pasado la Corte de Apelaciones de Santiago.

De este modo, el tribunal de alzada dio la razón al recurso de protección que presentó la estudiante de Teología K.H.M. en contra de la casa de estudios, quien denunció una serie de irregularidades, vicios y vulneraciones durante el sumario por la acusación que presentó en contra del sacerdote y académico.

“Sociológicamente dentro de una sociedad como la nuestra, por regla general se invisibilizaba la violencia de género, contribuyendo notoriamente a ello -precisamente- la forma indigna en que son tratadas algunas mujeres que se atreven a denunciar la violencia y acoso sexual”, dice el texto citado por La Tercera.

En su acusación, la estudiante relató una serie de situaciones vividas entre 2015 y 2017, que relatan cómo Fernandois la tocó de forma inapropiada y le hizo bromas de “doble sentido”, que estaban acompañados de “miradas libidinosas”, sin embargo, el resultado de la investigación administrativa lo sobreseyó el pasado 31 de octubre de 2018.

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La decisión se basó en las supuestas “inconsistencias” en el relato de la estudiante que “no son compatibles con el grado de afectación propio de un acoso sexual como el denunciado, sino más bien se presentan como una reinterpretación de hechos más o menos recordados por ella en relación al profesor Polanco, que en ningún caso, no al menos en el momento que sucedieron, tuvieron una connotación sexual”.

El fallo de la Corte de Apelaciones además se señala que la Universidad Católica “vulneró la dignidad” de la denunciante y su familia, debido a que la investigadora, María Donoso, incluyó en el sumario diez  fotografías de ella y su hijo extraídas de redes sociales, en alusión a que el niño es producto de una relación con un exacadémico de Teología.

El tribunal considera que la acción como “una evidente intención de influir en las autoridades que debían decidir sobre su conclusión de que no había mérito para establecer el hecho denunciado y obtenerse así el sobreseimiento de la denuncia”.

Además, señaló que la estudiante no tuvo “derecho a la imparcialidad” y con este tipo de acciones se busca desincentivar este tipo de denuncias. “Resulta ser un deber y una obligación de toda mujer hacer estas denuncias, por sí, por sus hijas, hermanas y por qué no decirlo, por sus madres o abuelas que no tuvieron la oportunidad de develar esta clase de hechos sin ser sometidas a humillaciones”, finaliza el texto.

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