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Este viernes 18 de noviembre comenzó a regir el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, normativa que impone una serie de retenciones para concretar el pago de deudas alimenticias.

El listado de padres deudores que quedará a cargo del Registro Civil y los datos que estarán disponible en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos serán los siguientes:

  • Nombre completo y número de cédula de identidad, o documento de identificación.
  • Número de personas alimentarias afectadas (hijos y/o hijas).
  • Monto actualizado de la deuda y cantidad de cuotas adeudadas.
  • Tribunal de Familia que fijó la pensión de alimentos.
  • Datos de la cuenta dispuesta para el pago.

Estos datos sólo podrán ser consultados por la persona a la que se le deba la pensión, su representante legal, los tribunales de familia, notarias y entidades a fines.

¿Cómo se hace la inscripción en el registro?

El tribunal competente, cada mes de oficio o a petición de una de las partes del proceso, ordena al Registro Civil inscribir en el Registro al deudor moroso.

¿En qué circunstancias se cancela la inscripción?

Se cancela la inscripción cuando se constate el pago completo de la pensión adeudada o se adopte un acuerdo de pago, serio y suficiente, que sea aprobado por el tribunal por resolución firme o ejecutoriada, es decir, que no pueda ser recurrida.

¿Qué medidas se pueden adoptar para asegurar el pago de la deuda?

  • Retención de la devolución de impuestos.
  • Retención de parte de los fondos de un crédito bancario que pida el deudor por 50 UF o más.
  • Si el deudor vende un vehículo o una propiedad se puede impedir la inscripción del traspaso si no se pagan los alimentos adeudados.
  • Se le puede negar la licencia de conducir y el pasaporte.
  • Retención de remuneraciones de gerentes generales o directores de sociedades anónimas abiertas con transacción bursátil.
  • Inhabilidad para recibir algunos beneficios económicos o bonos del Estado.
  • Retenciones de remuneraciones para el pago de la deuda.
  • Pago de la deuda con la indemnización por años de servicio del deudor despedido del trabajo.
  • Las deudas por pensión de alimentos serán prioritarias en los procedimientos judiciales de ejecución.

¿Qué pasa si quien figura en el registro pide rebaja de la pensión?

El tribunal deberá declarar inadmisible la demanda de rebaja o cese de pensión en el caso de que la persona se encuentre con inscripción vigente en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, salvo que se presentara antecedentes calificados de que carece de los medios para pagar el monto mínimo. Esta norma regirá seis meses después del 19 de noviembre de 2022, cuando queda establecido el registro.

“Madres e hijos por fin están mejor protegidos”

El ex presidente Sebastián Piñera, quien promulgó la iniciativa presentada por su Gobierno el pasado 8 de marzo de 2021, manifestó que “a partir de hoy, madres e hijos por fin están mejor protegidos”.

Según el ex mandatario, “la ley, impulsada y promulgada durante nuestro Gobierno, establece medidas duras, justas y necesarias para que los padres asuman sus responsabilidades y paguen las pensiones de alimentos”.

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