Hace cuatro años, un grupo de personas que fueron estafadas por Alberto Chang presentaron una demanda de indemnización por perjuicios en contra del Banco de Chile y del Banco Santander de Chile.

Se trata de abogados, dueñas de casa, ingenieros y dentistas que invirtieron en Ónix Capital y Grupo Arcano y que buscan ser indemnizados ante una supuesta negligencia de dichas entidades bancarias por no alertar a la Unidad de Análisis Financiero (UAF) de las operaciones sospechosas.

Hasta la fecha son más de 100 los demandantes agrupados en el 25° Juzgado Civil de Santiago. En esa línea, el pasado 21 de agosto las mencionadas instituciones financieras presentaron sus descargos, solicitando al tribunal el rechazo de la demanda y ordenando el pago de los costos legales del litigio.

Por su parte, Banco Santander sostuvo que “los demandantes solo pueden atribuir sus desdichas patrimoniales a quien les defraudó y engañó, amén de su propia codicia e imprudencia al pretender rentabilidades de sus dineros que resultaban inverosímiles, merced a confiárselos a entidades ajenas a todo control o supervigilancia estatal, como lo hicieron al entregarle sus dineros a Chang, siendo crédulos de sus promesas de desmesuradas ganancias”.

“Pretenden ahora que terceros del todo ajenos a dichos hechos carguen con las consecuencias patrimoniales que solo pueden poner en cabeza de su defraudador y de sí mismos, en tanto crédulos dañados por su propia imprudencia y codicia, características que desde siempre han acompañado a las víctimas perfectas de los timadores de todas las épocas”, añadieron.

La respuesta del Banco de Chile

Por su parte, desde Banco de Chile también pusieron el foco en la responsabilidad de los demandantes.

“Creer que es posible invertir y recuperar de forma íntegra montos millonarios -según dan cuenta los actores en su demanda- y con una rentabilidad de hasta un 2.5% en breve plazo, no solo da cuenta de un desconocimiento profundo del mercado de inversiones, sino derechamente de una negligencia e ignorancia de los demandantes sobre esta materia, que importan un manejo descuidado de sus negocios propios”, afirmó la entidad.

De acuerdo al banco, los demandantes detallaron en su escrito que Chang, a través de la sociedad Ónix Capital, captó sus dineros para invertirlos en capital de riesgo en Chile y en el extranjero.

Esto con la promesa de la restitución íntegra del monto invertido por los actores en calidad de inversionistas, más rentabilidades que oscilaban entre el 1% y 2,5% mensual.

En esa línea, ambas entidades coincidieron en que no hubo omisión que diera lugar a una infracción culpable ni dolosa en lo que se refiere al deber de informar a la UAF, así como tampoco respecto del deber de conocimiento de sus clientes establecido en la Circular N°49, ni obligaciones establecidas en la Circular N° 3.534 de la Comisión para el Mercado Financiero.

Réplica

En una réplica, los demandantes -representados por Pamela Goldbaum, Rodrigo Rettig y Raúl San Martín- cuestionaron la arremetida de los bancos.

A través de un documento aseguraron que “gran parte de la teoría de descargo de los bancos es inverosímil y debe desecharse“.

“La información acerca de inversionistas y su calificación solo estaba al alcance de la plana gerencial de la empresa, no para los inversionistas, por lo que el engaño no era posible ser detectado o impedido por parte de estos, ni por un ciudadano promedio. Se hizo creer a los demandantes que estaban invirtiendo en una compañía que cumplía a cabalidad con las normas reguladoras de la materia”, plantearon.

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