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Este miércoles, la Sala del Senado aprobó el proyecto que prohíbe la experimentación en animales con fines cosméticos, así como también la importación y comercialización de productos que hayan sido testeados en animales.

La inédita iniciativa, que fue aprobada por unanimidad tras obtener 27 votos a favor, 0 en contra y 1 abstención, ahora será enviada a la Cámara de Diputadas y Diputados para comunicarle al Ejecutivo la aprobación del Congreso.

Chile se convierte así en el país número 45 en tener una legislación que prohíba los testeos en animales con miras a la elaboración de productos cosméticos, lista en la que también se encuentran países como India, Nueva Zelandia y Corea del Sur.

¿Qué implica este proyecto?

El proyecto aprobado por el Senado “prohíbe el uso de animales para la realización de pruebas de seguridad y eficacia de productos cosméticos, de higiene y odorización personal, y de todos y cada uno de sus ingredientes, combinación de ingredientes o formulaciones finales”.

Además, prohíbe la venta, comercialización, importación e introducción en el mercado nacional de productos cosméticos, de higiene y odorización personal cuyos ingredientes, combinación de ingredientes o formulaciones finales hayan sido probados en animales para demostrar su seguridad y eficacia, con posterioridad a la entrada en vigencia de la ley.

Excepcionalmente, estas prohibiciones no se aplicarán a las pruebas en animales si es solicitado por el Instituto de Salud Pública (ISP), en el ejercicio de sus atribuciones, luego de demostrar por medio de resolución fundada que, para ingredientes, combinación de ingredientes o formulaciones finales de un producto, se cumplen las siguientes condiciones:

  1. Que no exista método o estrategia alternativa al uso de animales reconocida por el ISP o por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE).
  2. Que los ingredientes estén sujetos a restricción en su concentración para uso cosmético, los cuales son enlistados en la base de datos de ingredientes cosméticos utilizada por el ISP.
  3. Que el ingrediente cosmético se use ampliamente y no pueda ser reemplazado por otro ingrediente capaz de cumplir con una función similar.

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