AGENCIA UNO

Según cifras oficiales entregadas por el subsecretario de Previsión Social, Pedro Pizarro, serán alrededor de 2 millones 200 mil los beneficiarios del aguinaldo de Fiestas Patrias correspondiente a los actuales pensionados del sistema.

Pizarro, en conversación con Mega, explicó la facilidad que tendrá el beneficiario a la hora de recepcionar el monto que le corresponda. “Se paga automáticamente con la pensión de septiembre. La persona no tiene que hacer ningún tramite para recibirlo”, indicó.

Lee también: Loncón respondió a cuestionamientos de la UDI por primer mes de la CC: “Llamamos a que nos dejen trabajar”

¿A cuánto corresponde el monto?

La cantidad del dinero varía dependiendo de las carga que posea el pensionado, pero la base del monto son $20.624, es decir, si eres pensionado recibirás sí o sí esa cifra.

Acorde a lo explicado por el subsecretario, por cada carga familiar acreditada, el montó podrá incrementare en poco más del 50%, por lo que podrá recibir $10.581 extra de lo destinado.

¿Quiénes pueden optar al beneficio?

  • Pensionados o pensionadas del Instituto de Previsión Social (IPS) que tengan una Pensión Básica Solidaria de Vejez o de Invalidez.
  • Pensionados o pensionadas del Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
  • Pensionados o pensionadas de las leyes de Exonerados Políticos, Ley N° 19.234.
  • Pensionados o pensionadas de las Mutualidades de Empleadores de la Ley N° 16.744.
  • Pensionados o pensionadas de las ex Cajas de Previsión y ex Servicio de Seguro Social (INP, actualmente IPS).
  • Pensionados o pensionadas de reparación: Ley N° 19.123 (Rettig) y Ley N° 19.992 (Valech).
  • Beneficiarios o pensionadas de Indemnizaciones del Carbón, Ley N° 19.129.
  • Pensionados o pensionadas de AFP o compañías de seguro con garantía estatal o Aporte Previsional Solidario (de Vejez o de Invalidez).
  • Beneficiarios y beneficiarias del Subsidio por Discapacidad Mental.

Lee también: PDI suspende a funcionarios del equipo que integraba la subinspectora Vivanco

Funcionarios públicos y privados

Si usted es un trabajador público, o lo será hasta el 31 de agosto, tiene derecho por ley (21.306) a recibir un monto acorde a su ingreso mensual.

A quienes cuenten con una renta líquida igual o inferior a $794.149, se le transferirán $76.528, si en cambio su sueldo liquido es inferior al monto descrito, recibirá $53.124.

En el seductor privado, en tanto, entregar aguinaldo no es una obligación, pero en caso de estar contemplado en su contrato de trabajo o existir un convenio colectivo que involucre este beneficio como cláusula, sí deberá recibirlo.

Tags:

Deja tu comentario