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La isapre deberá pagar una suma millonaria a un afiliado pero antes apelará a la Corte Suprema.

La Corte de Apelaciones de Santiago ordenó a la Isapre Banmédica a pagar $45 millones pesos que le costó una droga suministrada a uno de sus afiliados que padecía el cáncer conocido como linfoma de Hodgkin. La negativa de la isapre se basaba en que el tratamiento aún no era reconocido por el Instituto de Salud Pública (ISP). 

El abogado de Equidad en Salud, Pedro Barría, explicó que el fallo sentó un precedente diciendo que “el derecho a la vida es el primero que tiene una persona en la sociedad y si el Estado chileno está organizado sobre la base de asegurar las personas el acceso a la salud y el bien común”, no se le puede negar a una persona que está comprobado que lo mejorará. Por lo que este caso deja el contrato de salud en el marco que debería estar, “lo constitucionaliza”. 

A juicio del abogado, los contratos de las Isapres deberían ser modificados y adecuarlos a la Constitución, ya que la Ley de Isapres “es inconstitucional en numerosos aspectos”, entre ellos, el reajuste de precios. 

Barría agregó que a pesar que la Isapre apeló a la Corte Suprema, tiene la seguridad que esta institución confirmará la decisión de la Corte de Apelaciones “porque es la doctrina correcta”, puesto que las personas “tienen derecho a sanarse”.

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