El Servicio de Impuestos Internos (SII) informó este miércoles que está reforzando sus acciones de fiscalización sobre los contribuyentes que mantienen cuentas, rentas o bienes en el exterior sin declararlos en el país.
Como parte de este trabajo, el organismo seleccionó a 33 contribuyentes para un análisis en mayor profundidad, luego de detectar pagos en sus cuentas internacionales por US$ 3.270 millones que no fueron incorporados en sus declaraciones anuales de renta.
El director del SII, Jorge Trujillo, señaló: “Nuestra misión es asegurar el cumplimiento tributario, justo y equitativo, de todos los contribuyentes. Es por eso que, así como estamos reforzando el control de la evasión en el país, también estamos potenciando nuestra labor internacional”.
“Lo que nos interesa es que todos cumplan y paguen los impuestos que les corresponden, ni más, ni menos. Y para garantizar este objetivo, utilizaremos toda la información, tecnología y las facultades que nos entrega la ley”, agregó.
La información proviene del Common Reporting Standard (CRS), el acuerdo de intercambio automático de información que Chile mantiene con otros países. A través de este mecanismo, el SII recibe cada septiembre los datos sobre las cuentas en el exterior de contribuyentes chilenos, correspondientes a diciembre del año anterior.
Según el organismo, las cuentas financieras de chilenos en el exterior registraron un saldo de US$ 39.657 millones a diciembre de 2024, por sobre los US$ 28.818 millones de 2023.
Los pagos recibidos en esas cuentas durante 2024, que incluyen intereses, dividendos y rescates, sumaron US$ 14.307 millones, cifra menor a los US$ 16.862 millones registrados el año anterior.
El SII logró identificar, mediante un proceso de cruce de datos personales, a 144.388 titulares directos o indirectos de cuentas financieras en el exterior. Estos contribuyentes concentran pagos por US$ 13.285 millones, equivalentes al 95,35% del total informado durante el año.
En el proceso de Operación Renta de este año, el Servicio notificó de manera preventiva a 8.700 contribuyentes, para que evaluaran si debían incorporar esta información en sus declaraciones del año tributario 2026.
Suiza, Luxemburgo y Caimán concentran los mayores montos
La información recibida por el SII proviene de 90 países. Los mayores montos corresponden a cuentas de contribuyentes con domicilio o residencia en Chile en Suiza, con US$ 10.130 millones, seguida por Luxemburgo, con US$ 8.015 millones, y las Islas Caimán, con US$ 4.458 millones.
Completan la lista Nueva Zelanda, Perú, Bahamas, Irlanda, Liechtenstein, Reino Unido y España. En conjunto, estos diez países suman US$ 32.903 millones.
Del total de contribuyentes informados, el 93,53% corresponde a personas naturales y el 6,47% restante, a personas jurídicas.
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Total diez países
US$ 32.903 millones
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Mayor monto: Suiza
US$ 10.130 millones
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| País | US$ mill. | % total | |
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10.130 | 30,8% |
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8.015 | 24,4% |
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4.458 | 13,5% |
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2.695 | 8,2% |
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2.071 | 6,3% |
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1.468 | 4,5% |
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1.353 | 4,1% |
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1.090 | 3,3% |
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917 | 2,8% |
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707 | 2,1% |
“Permanentemente estamos potenciando nuestras capacidades y aprendizajes para fortalecer nuestros análisis, utilizando diversas fuentes de información para detectar posibles anomalías o alertas que, si bien por sí solas no constituyen incumplimientos, sí deben ser revisadas en conjunto con otras fuentes de información”, explicó la subdirectora de Fiscalización del SII, Carolina Saravia.
El organismo también informó que, desde fines de 2025, trabaja junto a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) para fortalecer su estrategia de cumplimiento.
SII proyecta auditar 70 instituciones financieras
En ese marco, inició este año siete auditorías orientadas a evaluar el proceso de debida diligencia de las instituciones financieras en Chile, a las que se sumaron ocho procesos adicionales. El plan contempla auditar a 70 instituciones financieras durante los próximos tres años.
“A la fecha, nos encontramos analizando las respuestas recibidas respecto a un formulario de evaluación compartido con las instituciones financieras, el cual alimentará la matriz de riesgos y permitirá seleccionar a las próximas entidades a ser fiscalizadas”, señaló Saravia.
El Servicio también ha trabajado con la Unidad de Análisis Financiero (UAF) y la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) para compartir información sobre los procesos de revisión de debida diligencia de cada institución.
A esto se suman 55 revisiones de escritorio realizadas en los últimos tres años para verificar la correcta presentación de la Declaración Jurada 1958, el instrumento mediante el cual se reporta el CRS en Chile.
Intercambio de información y control de criptoactivos
Chile puede intercambiar información tributaria con más de 140 jurisdicciones, a través de convenios de doble tributación, acuerdos de intercambio de información y la Convención Multilateral sobre Asistencia Administrativa Mutua en Materia Tributaria, vigente desde noviembre de 2016.
El país participa además en la Red JITSIC, una instancia de la OCDE donde los equipos de fiscalización de distintas administraciones tributarias comparten experiencias sobre casos de filtraciones de información, grandes patrimonios y criptoactivos.
Desde el proceso de Renta 2026, además, entraron en vigencia las declaraciones juradas 1963 y 1964, que exigen reportar información sobre activos digitales, en línea con el nuevo estándar de la OCDE para criptoactivos conocido como CARF (Crypto-Asset Reporting Framework). El mecanismo permitirá el intercambio automático de información sobre criptoactivos con otras administraciones tributarias.
Nueva repatriación de capitales con incentivo tributario
En paralelo, el proyecto de ley de Reconstrucción y Desarrollo Económico y Social estableció un nuevo periodo para la repatriación de capitales con incentivo tributario.
La medida permitirá a contribuyentes con bienes o rentas no declarados en el extranjero regularizar su situación con una tasa de 10%, o de 7% si además repatrian los fondos y los mantienen invertidos en el país por al menos cinco años.
La norma entrará en vigencia el tercer mes siguiente a su publicación y regirá por un año.
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