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Más de un millón de personas han solicitado el bono clase media de $500 mil. Sin embargo, la cifra puede crecer aún más, debido a que el plazo para postular al beneficio vence el próximo 31 de agosto.

Quiénes pueden acceder

Trabajadores dependientes, independientes y empresarios individuales, con ingresos formales promedios mensuales durante 2019 iguales o mayores a $400.000 y menores o iguales a $2 millones, que hayan registrado una disminución de al menos un 30% en sus ingresos formales en julio de 2020, podrán acceder al bono o aporte fiscal de hasta $500 mil, no reembolsable, destinado a ayudarlos a enfrentar los efectos económicos de la emergencia sanitaria.

Pero había un grupo de personas que había quedado fuera de este beneficio. Se trata de los trabajadores dependientes que durante varios meses del año pasado no trabajaron. El SII calculaba el promedio mensual de ingresos del 2019 dividiéndolo en 12, pese a que muchos de ellos no tenían ingresos en algunos meses, no alcanzando el piso mínimo de 400 mil pesos.

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Ahora, la modificación dice que el ingreso mensual se calculará solo en aquellos meses que sí tuvieron remuneraciones y no a lo largo de todo el año pasado.

Obtención del aporte fiscal

Si un trabajador cumple con los requisitos, puede solicitar este beneficio 100% en línea a través de www.sii.cl, sin necesidad de adjuntar ningún documento. Para esto:

  • El contribuyente debe ingresar a sii.cl con su RUT y clave tributaria.
  • Antes de acceder al beneficio, debe registrar y/o actualizar su domicilio y correo electrónico en el mismo sitio sii.cl.
  • El sistema indica en línea, el cálculo y el monto del beneficio, al que se puede acceder.
  • El bono será depositado en su cuenta bancaria personal. En caso de no poseer una o no ingresar correctamente la información, será pagado por caja, en BancoEstado.
  • El depósito del dinero lo realizará la Tesorería General de la República en un plazo de 10 días hábiles, contados desde la fecha de presentación de la solicitud.
  • Si existen deudas por concepto de pensión alimenticia, la Tesorería General de la República descontará hasta un 50% del monto del beneficio y se abonará al pago de dicha deuda.

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