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La Pensión Garantizada Universal (PGU) es un beneficio que entrega el Estado y que reemplaza los beneficios de vejez del Pilar Solidario, cuyo pago mensual está a cargo del Instituto de Previsión Social (IPS).

Más de 2 millones de personas, de 65 o más años, ya reciben la PGU, cuyo monto máximo es de $206.173. Desde abril, la llamada Ley Corta de la PGU le permitió a más personas acceder a esta ayuda estatal.

Para ello, además de la edad, deben cumplirse algunos requisitos como no pertenecer al 10% más rico de la población, tener 20 años de residencia en Chile, entre otros.

Desde el IPS destacan una pregunta que surge de forma habitual: si la PGU se asigna automáticamente o requiere un trámite de solicitud. La normativa establece que para acceder al beneficio las personas deben ingresar una solicitud, lo que permite evaluar si cumplen con las condiciones que exige la ley.

¿Cómo solicitar la PGU?

  • Todos los días del año, incluidos fines de semana, en el sitio web www.chileatiende.cl, con Clave Única.
  • Videoatención en www.chileatiende.cl o www.ips.gob.cl. En esos sitios se puede solicitar una videollamada.
  • Presencialmente, en una de las 194 sucursales Chile Atiende del Instituto de Previsión Social, IPS.
  • En las municipalidades.
  • También está la opción de solicitarla en la AFP o compañía de seguros a la que esté afiliada la persona.

Una condición previa a la solicitud del beneficio es estar en el Registro Social de Hogares (RSH) y mantenerlo actualizado, porque desde ahí se obtienen algunos datos para evaluar los requisitos.

 

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