Agencia UNO

A través de un comunicado, Cencocud emitió un comunicado respecto a la sanción que recibió Matías Videla Solá, gerente general del consorcio empresarial, por parte de la CMF. Esto por el uso de información privilegiada en la compra de acciones. 

Cabe señalar que el Consejo de la Comisión para el Mercado Financiero impuso una multa a Videla por el uso de información privilegiada en la compra de 613.026 acciones, con un valor total de $799.998.502 (sin IVA), realizada en mayo de 2022.

La sanción asciende a UF 15.000 y se remitirán los antecedentes al Ministerio Público.

“En relación a la multa impuesta por la CMF a Matías Videla, Cencosud señala que ésta es el resultado de una investigación que se desarrolló respecto de transacciones debidamente informadas a las autoridades y en el marco de negociaciones sin relevancia material para la compañía“, expresó la compañía.

Los hechos

A través de un Hecho Reservado que envío Cencosud S.A., representada por Videla, el pasado 3 de febrero de 2022, informó a la CMF que por medio de la filial de Cencosud Brasil procedería a suscribir un “un Memorándums of Understanding para el análisis y eventual adquisición de la sociedad Torre y Cía. Supermercados S.A.”, propietaria de un porcentaje de la cadena de supermercados “Supermarket” en Río de Janeiro.

En ese contexto, el representante de Cencosud solicitó mantener en reserva dicha información durante un plazo de 60 días.

Posteriormente, el 10 de mayo del mismo año, en respuesta a un oficio reservado de la CMF, Videla solicitó la prolongación del carácter reservado de la información por un período adicional de 60 días, ya que las negociaciones entre Cencosud y Torre aún estaban en curso.

Sin embargo, tres días después, Matías Videla adquirió un paquete de acciones de Cencosud mientras la información mantenía el carácter de privilegiada.

Para llevar a cabo esta operación, el gerente general de Cencosud requirió financiamiento a Santander Corredores de Bolsa Ltda. “Dicha compra se financió mediante una operación simultánea, esto es, un financiamiento de alto riesgo”, explicó la CMF.

La CMF estableció que los hechos constituyen “una conducta grave, pues de esa forma obtuvo una ventaja indebida sobre los demás actores en el Mercado“.

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