Agencia Uno

El Bono de Reconocimiento es un documento que representa los períodos de cotizaciones de un trabajador o trabajadora, incorporado al actual sistema previsional de AFP, que haya registrado en las cajas de previsión del antiguo régimen.

Este beneficio se agrega a la cuenta de capitalización individual para sumar ese monto a los ahorros acumulados en la pensión, ya sea por vejez, invalidez o cuando fallezca.

Cabe destacar que el bono es emitido por el IPS, Capredena o Dipreca, de acuerdo a la última caja de previsión del antiguo sistema de previsión en la cual imponía la persona afiliada al momento de cambiarse al actual sistema de pensiones.

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¿Cómo puedo obtener este beneficio?

De acuerdo al Instituto de Previsión Social (IPS), para obtener esta ayuda, el afiliado debe suscribir una solicitud de Cálculo y Emisión de Bono de Reconocimiento en la AFP en la que se encuentre incorporado, y completar el Anexo Detalle de Empleador, según el caso.

Estos formularios están en poder de cada AFP y se debe señalar de manera clara los datos de identificación, fecha de afiliación, cajas de previsión a las cuales perteneció, empleadores y períodos trabajados.

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¿Quiénes lo reciben?

Este beneficio lo pueden recibir los afiliados de cualquiera de las ex cajas de previsión del régimen previsional antiguo que cumplan con los siguientes requisitos:

  • Tener al menos 12 cotizaciones mensuales en alguna ex Caja de Previsión, entre el 1 de noviembre de 1975 y el 31 de octubre de 1980.
  • Si no lo cumple, debe registrar, a lo menos, una cotización en alguna ex Caja de Previsión, entre el 1 de julio de 1979 y el mes anterior a la fecha de afiliación al sistema de AFP.

Desahucio o Indemnización

Asimismo, el reconocimiento de los beneficios por desahucio o indemnización a todos los ex imponentes cuya última imposición pertenezca a una de las siguientes ex cajas:

  • Por desahucio: Empart, Sepregas, Capregild, Serehoch, Caja del salitre, Caja bancaria, Sepcuu, Capremer.
  • Por indemnización: Servicio de seguro social, Triomar.

Para mayores detalles, puedes consultar en el sitio del Instituto de Previsión Social.

 

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